Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 452296398

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Junio de 2013

Número de expediente67573
Fecha25 Junio 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL - SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JAVIER ZAPATA ORTIZ

Aprobada acta número 194

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de junio de dos mil trece (2013)

Se pronuncia la Sala sobre la demanda de tutela propuesta por J.E.N.H., contra la FISCALÍA QUINTA DELEGADA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales, actuación a la cual fueron vinculadas la FISCALÍA OCTAVA DELEGADA ANTE LOS JUECES PENALES DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA, y la FISCALÍA QUINTA DELEGADA ANTE LOS JUZGADOS PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS DE BUCARAMANGA.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. Protesta el accionante contra la decisión proferida el 25 de abril de 2013 por la Fiscalía Quinta Delegada ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, mediante la cual declaró la nulidad de un trámite adelantado con el fin de variar al curador de los bienes de una presunta víctima del delito de desaparecimiento, ello desde el momento en que se profirió resolución inhibitoria en la citada actuación.

  2. Según el demandante, la anterior decisión vulnera sus derechos como víctima en la medida en que desconoce los intereses suyos y de su grupo de hermanos, relacionados con el disfrute de salarios y demás prestaciones sociales que venía devengando su hermano desaparecido, sin importar que la investigación se hubiese cerrado temporalmente por inhibición de la fiscalía. Apunta, en ese sentido, que sus reclamos se “…han ajustado a derecho y no es dable afirmar que sus conductas hayan sido violatorias del debido proceso”.

  3. Expresa que, adicionalmente, se vulneró el principio de no reformatio in pejus, pues el tema que se le propuso a la Fiscalía, frente a una decisión del inferior, se refería únicamente a la posibilidad de sustituir al curador de los bienes, siendo que, entonces, no podía entrar a resolver sobre otros asuntos, como lo era la validez o invalidez del trámite adelantado.

  4. Solicita se reconozca la validez de la actuación procesal mediante la cual pretendía ser declarado curador de los bienes de su hermano desaparecido y, por lo tanto, se le ordene a la Fiscalía accionada pronunciarse sustancialmente sobre ese asunto.

    RESPUESTA A LA DEMANDAComo respuesta a la demanda, las autoridades accionadas aportaron copia de la decisión judicial cuestionada.CONSIDERACIONES DE LA CORTE

  5. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES

    Siendo la tutela un mecanismo de protección excepcional frente a providencias judiciales, su prosperidad va ligada al cumplimiento de “ciertos y rigurosos requisitos de procedibilidad”[1] que implican una carga para el actor, no sólo...

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