Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 452296618

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Junio de 2013

Número de expediente67818
Fecha27 Junio 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No. 197

Bogotá, D.C., veintisiete (27) de junio de dos mil trece (2013)

1. VISTOS

Decide la Sala la impugnación interpuesta por E.A.T.M., contra la sentencia proferida el 15 de mayo de 2013, por la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, a través de la cual negó la acción de tutela intentada contra un Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, por la presunta vulneración de sus garantías constitucionales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y defensa.

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  2. La ciudadana G.P.R.B. a través de apoderado instauró demanda ordinaria laboral contra E.A.T.M., para que previa declaratoria de la existencia de un contrato laboral, se le condenara a pagar prestaciones legales causadas desde el 31 de enero de 2010 al 11 de febrero de 2011, tales como cesantías, intereses de cesantías y prima de servicios, vacaciones, indemnización por despido injusto debidamente indexado e indemnización moratoria.

  3. Correspondió el conocimiento del asunto al Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Bogotá, que después de agotar el procedimiento establecido en la ley, mediante sentencia calendada 25 de septiembre de 2012, absolvió a E.A.T. de todas y cada una de las pretensiones incoadas y en consecuencia declaró probada la excepción de inexistencia de la obligación. La anterior decisión fue impugnada por el apoderado de la demandante.

  4. Correspondió desatar el recurso a una Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, que mediante decisión calendada 13 de febrero de 2013, confirmó integralmente la sentencia de primer grado.

  5. En vista de lo anterior E.A.T.M., acude directamente al juez de tutela en procura del amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y defensa, para que se deje sin efecto la decisión atrás señalada, toda vez que considera que se presentaron irregularidades en el trámite tales como, i) que solo un Magistrado asistió a la audiencia de lectura del fallo de segundo grado, ii) que no se tomó en cuenta que la demandante no asistió a la audiencia de conciliación y iii) no fue resuelto el recurso de apelación interpuesto contra el auto que declaró confeso los hechos indicados por la demandante; en cuanto a la valoración probatoria señala que no se tuvo en cuenta: el interrogatorio que él rindiera, así como el de la demandante y no se tomaron en consideración las pruebas documentales.

  6. TRÁMITE DE LA ACCIÓN:

    La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia admitió la demanda de tutela, notificó la iniciación de la actuación a la Colegiatura accionada y vinculó a los terceros que pudieran verse afectados con la decisión que ponga fin a la solicitud de amparo incoada por el actor.

  7. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA:

    La Corporación referenciada previo el estudio de las copias que hacen parte de este trámite constitucional resolvió...

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