Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 452296914

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Junio de 2013

Número de expediente67601
Fecha26 Junio 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 1

MAGISTRADO PONENTE

L.G.S.O.

APROBADO ACTA No. 196-

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013)ASUNTO

Se resuelve la acción de tutela presentada por Y.R.B., a través de apoderado, contra el Juzgado 19 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y la Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad, por la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. El 14 de diciembre de 2006, el Juzgado 7° Penal del Circuito Especializado de Bogotá, absolvió al accionante por los delitos de concierto para delinquir agravado y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado. Decisión que fue apelada por la Fiscalía y revocada por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de esta ciudad, mediante sentencia del 23 de noviembre de 2009[1], y en su lugar condenó al señor R.B. a la pena principal de 272 meses de prisión como autor responsable por los punibles antes referidos ordenando la respectiva orden de captura.

    Contra la decisión anterior, la defensa interpuso el recurso extraordinario de casación, donde la Sala de Casación Penal de esta Corporación inadmitió la demanda mediante auto del 27 de julio de 2011.

  2. Ante el Juzgado 19 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, el actor presentó solicitud de suspensión de la privación de la libertad, por haber cumplido la edad de 65 años, petición que fue resuelta favorablemente mediante proveído del 26 de diciembre de 2011.

    Sin embargo, mediante auto del 23 de octubre de 2012, el beneficio fue revocado oficiosamente por la nueva funcionaria que reemplazó al juez ejecutor que lo concedió, al considerar que no se había analizado el factor subjetivo previsto en la ley, y en consecuencia, ordenó librar orden de captura en contra del señor Y.R.B..

  3. La decisión en comento fue objeto de los recursos de reposición y apelación por parte del quejoso, siendo resuelto el primero el 21 de enero de 2013 de forma negativa, y frente al segundo, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá se abstuvo de pronunciarse y decretó la nulidad de todo lo actuado desde el auto que concedió el beneficio por falta absoluta de motivación.

  4. Inconforme el actor con tal determinación, optó por acudir al juez constitucional con el propósito de solicitar la revocatoria del auto del 23 de octubre de 2012, proferido por el Juzgado 19 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, por medio del cual revocó de oficio la suspensión condicional de la pena, manteniendo en su lugar el beneficio que había concedido su antecesor mediante auto del 26 de diciembre de 2011.

    LAS...

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