Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 452297214

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Julio de 2013

Fecha18 Julio 2013
Número de expediente68168
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N°

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de julio de dos mil trece (2013).OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Se pronuncia la Sala sobre la impugnación presentada por C.A.G.G., en contra del fallo de tutela proferido el 2° de julio último por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, que negó el amparo de los derechos fundamentales de petición, debido proceso y educación, presuntamente vulnerados por el Juzgado 13 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad.FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

El memorialista señala que el 30 de mayo último, el Juzgado accionado le reconoció 24 días de redención de pena, decisión de la cual se notificó el 12 de junio siguiente e impugnó el 4 de junio posterior, mediante la interposición de los recursos de reposición y apelación que según se advierte en la consulta del proceso en la página web de la Rama Judicial, no han sido resueltos en desmedro de sus derechos fundamentales.

Por otra parte, aduce que el 4 de junio de 2013 solicitó al Juzgado accionado ampliación del permiso concedido para continuar sus estudios de derecho en la Fundación Universitaria San Martín, correspondientes al segundo periodo académico del 2013 cuya iniciación será el próximo 29 de julio, sin que a la fecha de interposición de la acción hubiese obtenido pronunciamiento alguno.

Con base en lo anteriormente expuesto, solicita el amparo de los derechos fundamentas invocados, en cuyo restablecimiento pide se ordene a la autoridad judicial accionada que de trámite a los recursos interpuestos y conteste la petición elevada.

TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA

  1. El juez colegiado de instancia mediante auto del 21 de junio último asumió el trámite de la demanda, ordenó notificar a la entidad contra la cual se dirigió la solicitud y vincular al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para la debida integración del contradictorio.

  2. El Juzgado 13 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá informó que desde el 15 de febrero de 2011 ejecuta y vigila la pena impuesta al actor por el Juzgado 2° Promiscuo del Circuito de La Plata, al tiempo que aludió al auto del 6 de diciembre de 2010, mediante el cual se concedió al actor la sustitución de la prisión intramural por libertad con mecanismo de vigilancia electrónica y se otorgó permiso para estudiar en la Fundación Universitaria S.M..

    Agregó que el 26 de junio pasado, en atención a la solicitud de ampliación de permiso para estudiar, mediante auto interlocutorio resolvió conceder la prórroga deprecada y dispuso que el demandante tendrá un día de permiso a la semana...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR