Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 11 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 452297770

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 11 de Julio de 2013

Fecha11 Julio 2013
Número de expediente11001020300020130148501
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., once de julio de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de diez de julio de dos mil trece

R.. exp.: 11001-02-03-000-2013-01485-01

Se decide la acción de tutela promovida por B.M.G. en contra de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Treinta y Seis Civil del Circuito de esa ciudad, trámite al que fueron vinculados R.A.C.O., T.B., M.R., J. delC.M. y C.E..

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    En el libelo introductorio de la presente acción, la ciudadana solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, igualdad, acceso a la administración de justicia y vivienda digna, que considera vulnerados por las autoridades accionadas, porque en el trámite de un proceso ejecutivo, desconoció la posesión que ejerce sobre un inmueble objeto de cautela en el litigio, y se negó a tramitar la nulidad que formuló invocando las causales 4ª, 6ª y 9ª del artículo 140 del estatuto procesal civil.

    En consecuencia, pretende que se decrete la nulidad de todo lo actuado, desde que se profirió la orden de apremio. [Folio 1, c.1]

  2. Los hechos

    1. Los señores M.R. y T.B. presentaron demanda ejecutiva para que se librara mandamiento de pago, conforme a la sentencia aportada como título base de la ejecución. [Folio 185 del expediente]

    2. El asunto correspondió al Juzgado Treinta y Seis Civil del Circuito de Bogotá, autoridad que el 17 de enero de 2006 libró mandamiento de pago. [F. 190 del expediente]

    3. Mediante proveído de 30 de marzo de 2006, se decretó el embargo del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No 50S-287983, denunciado como de propiedad del demandado, conforme a las anotaciones 11 y 14 del citado documento. [Folio 14, c.2 del expediente]

    4. En proveído de 23 de mayo de 2006, se ordenó el secuestro del citado predio, diligencia que se llevó a cabo el 4 de octubre del mismo año, en la cual le fue entregado a la reclamante en depósito gratuito. [Folio 36, c.2 del expediente]

    5. La accionante no se opuso a la práctica de la medida cautelar.

    6. Ante la imposibilidad de notificar personalmente al ejecutado, se ordenó su emplazamiento y le fue designado curador ad litem, quien se notificó el 8 de junio de 2007 de la orden de apremio, y no formuló excepciones. [Folio 204 del expediente]

    7. Por auto de 16 de julio de 2007, se ordenó continuar la ejecución en contra del demandado. [Folio 210 del expediente]

    8. El 5 de agosto de 2011, en virtud a lo...

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