Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 28 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 457370962

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 28 de Agosto de 2013

Número de expediente41202
Fecha28 Agosto 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

L.G.S.O.

Aprobado Acta No. 279

Bogotá, D.C., veintiocho (28) de agosto de dos mil trece (2013)

ASUNTO:

Se pronuncia la Sala sobre la admisibilidad de la demanda de casación formulada por el defensor de M.R.M. quien fuera condenada por el delito de fraude procesal.

HECHOS

Según reseña efectuada por el a quo “…mediante denuncia penal que instaurara la señora S.B.B.M. …da cuenta que ella y su esposo ya fallecido H.R.M., adquirieron unos lotes de terreno ejidos, en la calle 12A No. 11-94 del B.C.P. de esta ciudad (Cúcuta), a principios del año 1991; junto con su difunto esposo decidieron hacer unas mejoras en dicho lote y llevar a los padres de él, señores L.A.R. y A.M., para que lo usufructuaran como manera de brindarles una ayuda. Agrega que por ser los terrenos ejidos ellos no hicieron escrituras, pero que luego del fallecimiento de su esposo el 24 de febrero de 2003, ella quiso poner en orden los bienes de sus hijos y se encuentra con la sorpresa que su cuñada M.R.M., había constituido escritura de las mejoras en la Notaría Tercera de esta ciudad, las que se encuentran protocolizadas bajo el No. 1223 de mayo 27 de 2004, alegando falsamente que las realizó con su propio patrimonio y registrando en catastro dicha escritura”.

ACTUACIÓN PROCESAL:

  1. Dada la citada queja, una Fiscalía Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito de Cúcuta inició investigación previa el 29 de diciembre de 2004, de modo que recaudados en ella algunos medios de convicción, decidió el ente instructor el 24 de abril de 2006 abrir sumario por el delito de obtención de documento público falso e inhibirse de hacerlo con respecto al punible de estafa, “sin óbice que en el transcurso de la presente investigación emerjan pruebas que varíen tal calificación jurídica”.

    En esas condiciones fue vinculada mediante indagatoria M.R.M..

  2. Tras clausurarse la instrucción, se calificó su mérito el 8 de marzo de 2007 con acusación en contra de la sindicada por el delito de obtención de documento público falso y preclusión a su favor por el punible de estafa.

    En relación con dicha providencia el defensor de la procesada interpuso los recursos de reposición y apelación, por manera que decidido el primero adversamente a sus pretensiones según resolución del 18 de abril de 2007, el segundo fue resuelto por la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Cúcuta el 28 de febrero de 2011 a través de proveído con el cual revocó el llamamiento a juicio efectuado por el ilícito de obtención de documento público debido a la prescripción de la acción y en su lugar favoreció a la sindicada con determinación preclusiva. A la vez, revocó la preclusión que el a quo había decretado por el delito de estafa y en su lugar convocó a juicio a M.R. como probable autora del delito de fraude procesal.

  3. Ejecutoriada la calificación sumarial, se tramitó la etapa de la causa que en primera instancia concluyó con sentencia del 14 de diciembre de...

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