Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 1 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 457371942

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 1 de Agosto de 2013

Fecha01 Agosto 2013
Número de expediente68421
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA¡Error!Marcador no definido.

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELASMagistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta N° 246

Bogotá, D.C., primero (1º) de agosto de dos mil trece (2013).V I S T O SSe pronuncia la Sala sobre la impugnación interpuesta por el accionante A.H.J.H.S. contra la sentencia adoptada el 26 de junio de 2013 por la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, por cuyo medio negó el amparo constitucional que reclama frente a la Sala de Casación Civil y el Juzgado Primero Civil del Circuito de San Andrés Isla.

ANTECEDENTES

Según lo refieren las diligencias, en julio de 1988 el señor A.H. J.H.S., en su calidad de representante legal de la sociedad Inversiones ABDUL HARB LTDA. celebró un contrato de promesa de compraventa con el señor G. de J.S., el cual fue objeto de proceso ante la jurisdicción civil por el incumplimiento de la parte promitente compradora en la entrega del dinero pactado, solicitando la resolución del contrato, proceso que estuvo a cargo del Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá.

El sustento de la demanda lo fue que el demandado con el fin de expropiarlo de su patrimonio indujo al funcionario judicial en error, lo cual fue tema del proceso penal en contra del notario que expidió la constancia de comparecencia de una de las partes por el delito de falsedad ideológica en documento público.

Aparece igualmente que por otra vía ante el Juzgado Único Civil de San Andrés se llevó a cabo proceso -donde se acumularon las pretensiones- en el cual aparecía el actor como demandado, razón por la cual solicitó la intervención del Ministerio Público, con ocasión del mismo contrato.

El 26 de enero de 1996 el Juzgado Civil del Circuito de San Andrés Isla, declaró el incumplimiento del contrato por parte de G.S., ordenando la entrega del bien, el pago de la cláusula penal, y la restitución de los dineros al señor S..

Esta decisión fue confirmada por el Tribunal Superior de San Andrés, Providencia y Santa Catalina el 15 de agosto de 1997, la cual fue objeto a su vez de recurso extraordinario de casación, que fue desatado el 30 de octubre de 2001 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en el sentido de revocar los numerales 1,2,3,5,6 y 8 de la sentencia proferida por el juzgado, para en su lugar, declarar la nulidad absoluta del contrato de promesa de compraventa suscrito entre las partes, y ordenar la restitución a favor del G. de J.S. de las suma de $ 85.000.000 que había entregado como parte del precio de la negociación, mas la corrección monetaria respectiva.

Inconforme con la anterior decisión, A.H.J.H.S. promovió acción de tutela en procura de amparo para los derechos fundamentales que estimó conculcados por la Sala de Casación Civil, entre otras autoridades, tras señalar que dicha Corporación adoptó una decisión en un proceso viciado de nulidad pues no se ajustaba a la realidad, por cuanto la decisión inicial no tuvo conocimiento de las actividades fraudulentas que dentro del trámite se presentaron.

De la acción constitucional conoció en primera instancia la Sala de Casación Laboral, donde a través de sentencia del 9 de diciembre de 2008 se negó el amparo impetrado...

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