Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 1 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 457371966

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 1 de Agosto de 2013

Número de expediente11001020400020130115701
Fecha01 Agosto 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., primero de agosto de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de treinta y uno de julio de dos mil trece

R.. exp.: 11001-02-04-000-2013-01157-01

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el veinte de junio de dos mil trece por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, en la acción de tutela promovida por E.A.G.T. contra el Tribunal Superior de Buga y el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Palmira, a la cual fueron vinculadas las Fiscalías Setenta y Seis Local y Ciento Treinta y Uno de Candelaria, A.A.G., Suramericana de Seguros, Transportes Ego Ltda, M.G.C., M.I.D., N.D.C., M.G. y Á.H.I..

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    El accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales a la defensa y contradicción, debido proceso y acceso a la administración de justicia, que considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, por condenarlo al pago de perjuicios en calidad de heredero indeterminado del tercero civilmente responsable, en un proceso penal, sin que fuera vinculado al trámite.

    En consecuencia, pretende que se amparen las garantías reclamadas, y se declare la nulidad de las sentencias condenatorias proferidas. [Folio 93, c.1]B. Los hechos

    1. En contra de A.A.G., la Fiscalía Local de Candelaría, Valle, adelantó una investigación penal por la comisión de la conducta punible de homicidio culposo, por hechos ocurridos en un accidente de tránsito el 15 de noviembre de 2005, en el cual falleció el señor A.A.D.. [Folio 2, c.1]

    2. Conforme a lo anterior, la compañera del occiso y sus hijas, presentaron demanda de constitución en parte civil ante la citada autoridad, en contra del procesado, E.A.G. y Transportes Ego Ltda. [Folio 68, c. 1]

    3. La referida acción fue admitida por la Fiscalía Ciento Treinta y Uno Local de Candelaria, mediante resolución No 108 de 8 de junio de 2006. [Folio 79, c. 1]

    4. El señor G.O., llamó en garantía a la Compañía de Seguros Agrícola Seguros S.A., hoy Suramericana S.A. [Folio 18, c. 1]

    5. La etapa de juzgamiento, le correspondió al Juzgado Primero Penal del Circuito de Palmira. [Folio 16, c. 1]

    6. Ante el fallecimiento del vinculado E.A.G., su apoderado judicial solicitó al juzgado, ordenar la sucesión procesal de que trata el artículo 60 de la ley procesal civil, disponiendo la vinculación de sus herederos determinados e indeterminados. [Folio 64, c. 1]

    7. Al trámite acudieron de manera voluntaria, M., Á., E. y J.A.G.I., en calidad de herederos del tercero civilmente responsables, quienes fueron reconocidos como sucesores procesales. [Folio 17, c. 1]

    8. Mediante sentencia de 21 de noviembre de 2012, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Palmira, a quien fue remitido el proceso en virtud de una medida de descongestión, condenó a A.A.G. a la pena de “2 años de prisión y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales para la época de los hechos, al...

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