Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 15 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 457372842

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 15 de Agosto de 2013

Fecha15 Agosto 2013
Número de expediente11001221000020130028001
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., quince de agosto de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de catorce de agosto de dos mil trece.

R.. exp.: 11001-22-10-000-2013-00280-01

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el veintiocho de junio de dos mil trece, por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá, en la acción de tutela promovida por J.D.A.G. contra el Juzgado Catorce de Familia de este Distrito Judicial, trámite al que fueron vinculados N.G.V. y J.N.A.P..I. ANTECEDENTES

  1. La pretensión

    El ciudadano solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, educación y alimentos, que considera vulnerados por la autoridad judicial accionada que conoce del proceso de fijación de cuota alimentaria que promovió en contra de su señor padre, porque en la sentencia proferida se hizo una indebida e incompleta valoración del material probatorio.

    En consecuencia, solicita que se revoque la mencionada providencia, y en su lugar, se dicte un nuevo fallo fundado en las pruebas legal y oportunamente incorporadas al proceso, y se cuantifique una cuota alimentaria que le permita atender sus necesidades básicas. [Folio 5]

  2. Los hechos

    1. Por medio de su progenitora, el accionante, promovió proceso verbal, para que se fije la cuota de alimentos que le debe suministrar su padre, J.N.A., en una suma mensual de $1´025.000 más tres mudas anuales. [Folio 20, exp. 2012-0100]

    2. El asunto correspondió por reparto al Juzgado 14 de Familia de Bogotá, que en proveído de 23 de abril de 2012 dispuso su admisión y fijó como cuota provisional mensual por alimentos, la suma de $500.000. [Folio 38, exp. 2012-0100]

    3. Notificado el demandado, se opuso mediante la “excepción de imposibilidad económica para pagar una cuota alimentaria solicitada por el demandante”. [Folio 45, exp. 2012-0100]

    4. Cumplido el trámite de rigor, el juzgado profirió sentencia de 9 de mayo de 2013, en la que se fijó como alimentos definitivos a favor del tutelante, la suma de $600.000 mensuales, mas una cuota adicional por $300.000 en diciembre y “en los meses de junio y diciembre una muda de ropa por valor de Trescientos Mil Pesos ($300.000)”. [F. 125, exp. 2012-0100]

    5. Lo anterior, como quiera que el demandado “señaló que percibe una pensión de Tres Millones Ciento treinta y Cuatro Mil Pesos ($3’134.000), pero los cánones de arrendamiento que...

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