Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 22 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 460927782

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 22 de Agosto de 2013

Fecha22 Agosto 2013
Número de expediente23001221400020130011701
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrado Ponente

FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

Bogotá, D.C, veintidós (22) de agosto de dos mil trece (2013).

Discutido y aprobado en Sala de catorce (14) de agosto de dos mil trece (2013).

R.. Exp.: 2300122140002013-00117-01

Decide la Corte la impugnación formulada respecto del fallo de 6 de junio de 2013, proferido por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, que negó la tutela de N. delS.R. frente al Juzgado Tercero Civil del Circuito de la misma ciudad, siendo llamados los Jueces Segundo Civil del Circuito y Quinto Civil Municipal ambos de la citada capital, C.V.V., D.R.C.T., F.A.S.J. y J.I.F..

ANTECEDENTES
  1. Actuando directamente, la promotora sostiene que le fueron transgredidas los derechos al debido proceso y defensa “técnica”.

  2. Circunscribe el quebranto a la determinación que le puso fin al pleito de deslinde y amojonamiento que presentó frente a C.V.V. y D.C.T.; y a las cautelas decretadas en el ejecutivo que se le adelanta con base en la anterior providencia, por excesivas y, además, improcedentes ya que cobijaron sus cuentas de ahorros.

  3. Soporta el reclamo, en los supuestos fácticos que pasan a compendiarse (folios 1 a 4 y 22):

    a.-) Que a través de apoderado instauró el primero de los litigios debido a los problemas suscitados con las cercas que rodean su predio “Las Tres Amazonas”.

    b.-) Que su mandatario demandó a personas ajenas al conflicto, quienes formularon la excepción previa de falta de legitimación en la causa, que el funcionario accionado halló probada, por tanto el 19 de septiembre de 2011 dictó sentencia anticipada negando las pretensiones y condenándola en costas por dos millones seiscientos setenta y ocho mil pesos ($2.678.000).

    c.-) Que su vocero de confianza, además de incurrir en el error descrito, guardó silencio frente a la aludida defensa.

    d.-) Que con el citado proveído se inició el segundo juicio de cobro ante el Juzgado Quinto Civil Municipal, trámite en el que se le embargó una heredad “sobrepasando el valor de las costas” y las “cuentas de ahorros, a sabiendas que es improcedente dicha medida”.

    e.-) Que continúa perjudicada debido a la pérdida de su inmueble “en su cavidad real por motivo de perturbación e invasión por parte de terceros” que todavía le causan daños.

    f.-) Que no es justo que el Estado la sancione por desatinos relacionados con su deficiente defensa “técnica”.

  4. Pide dejar sin efecto la sentencia reprochada; suspender el ejecutivo hasta tanto se defina esta acción y levantar “la exagerada medida de embargo”.

    RESPUESTA DEL ACCIONADO Y VINCULADOS

    La autoridad convocada informó que el asunto materia de este resguardo fue remitido, en virtud de la entrada en vigencia del sistema procesal oral, al juzgado civil del circuito de descongestión de Montería (folio 36).

    El Juez Quinto Civil Municipal manifestó que el 17 de abril de 2013 libró mandamiento de pago contra la aquí accionante por dos millones seiscientos setenta y ocho mil pesos ($2.678.000) y decretó las cautelas solicitadas, pronunciamientos de los que la interesada se notificó personalmente el 21 de mayo siguiente, “por tanto el proceso se encuentra corriendo el término de ley para que la ejecutada (…) conteste la demanda o proponga las excepciones conforme a la ley, art. 509 del C. de P. Civil” (folios 32 y 33).

    El Juzgado Segundo Civil del Circuito se limitó a suministrar los nombres y direcciones de los que intervinieron en el litigio de deslinde y amojonamiento, y a enviar las copias de esa actuación (folio 31).

    Los demás vinculados guardaron silencio.

    FALLO DEL TRIBUNAL

    Negó el amparo porque la promotora no...

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