Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 1 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 460929230

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 1 de Agosto de 2013

Número de expediente68026
Fecha01 Agosto 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISIÓN EN TUTELA-

Magistrado Ponente

L.G.S.O.

Aprobado Acta No. 246

Bogotá, D.C., primero (1) de agosto de dos mil trece (2013)

ASUNTO

Procede la Corte a resolver la impugnación presentada por J.C.R.E. frente al fallo proferido el 17 de junio del año en curso por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, a través del cual negó la acción de tutela instaurada contra el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de dicha ciudad, por la presunta vulneración del derecho fundamental de petición.

LA DEMANDA

En lacónico escrito J.C.R.E. manifiesta que el 30 de abril radicó derecho de petición al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas a fin de que se realizara un nuevo estudio a la solicitud de acumulación de penas deprecada y decidida negativamente en auto del 28 de febrero de 20131, sin que se hubiese dado respuesta dentro del término legal.

  1. EL FALLO IMPUGNADO

    La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín negó la petición de amparo demandada por las razones que a continuación se sintetizan:

  2. El Juzgado accionado mediante auto del 28 de febrero de 2013 denegó la acumulación de penas reclamada por el actor, de lo cual colige que no se ha vulnerado ningún derecho en razón a que el despacho ha sido diligente al resolver la resolver la solicitud con fundamentos y conceptos propios del asunto debatido, sin que se le hubiese negado la posibilidad de utilizar los recursos de ley, de los cuales no hizo uso.

  3. Tampoco aparece demostrado que con la determinación se hubiese incurrido en una vía de hecho, luego no es dable que el tutelante pretenda a través de la acción constitucional reemplazar a la autoridades competentes para dirimir el asunto.

  4. DEL RECURSO INTERPUESTO

    El actor impugnó el fallo y dentro de los argumentos precisa que cumple a cabalidad con los requisitos para la acumulación de penas impuestas por los Juzgados Primero y Cuarto Penal del Circuito de Medellín y Pasto.

4. CONSIDERACIONES
  1. Es competente la Sala para decidir sobre el recurso interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en los términos del Decreto 1382 de 2000.

  2. De entrada se advierte la confirmación del fallo impugnado por las razones que a continuación se exponen:

    2.1. En primer lugar debe señalarse que conforme se precisó en el fallo, el Juzgado accionado...

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