Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 17 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467401158

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 17 de Septiembre de 2013

Número de expediente69381
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELASMagistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta N° 311Bogotá, D.C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil trece (2013).V I S T O SDecide la Sala en primera instancia, la acción de tutela interpuesta por el ciudadano C.A.G.S., contra la Fiscalía Dieciséis Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializados – Unidad Nacional contra el Terrorismo, la Fiscalía Décima Penal Militar ante los Juzgados de División y la Fiscalía Primera Militar ante el Tribunal Superior Militar, por presunta lesión de sus derechos constitucionales.

ANTECEDENTESEl ciudadano C.A.G.S. promueve demanda en procura de amparo para los derechos fundamentales de habeas data, dignidad humana, igualdad y buen nombre -entre otros- que estima conculcados por la Fiscalía Dieciséis Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializados – Unidad Nacional contra el Terrorismo, la Fiscalía Décima Penal Militar ante los Juzgados de División y la Fiscalía Primera Militar ante el Tribunal Superior Militar.

En sustento del amparo pretendido, refiere el actor que la Fiscalía Dieciséis Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializados – Unidad Nacional contra el Terrorismo mediante decisión del 6 de mayo de 2009, profirió auto inhibitorio a su favor al encontrar que no existía conducta al margen de la ley objeto de investigación.

Asimismo, indica que la Fiscalía Primera Penal Militar ante el Tribunal Suprior Militar, con fecha marzo 18 de 2013 resolvió revocar la resolución de acusación proferida en su contra por la Fiscalía Décima Penal Militar ante Juzgados de División, y en su lugar, decretó la cesación de procedimiento a su favor por los delitos de violación al régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades y contrato sin el cumplimiento de requisitos legales. Por lo que ordenó la cancelación de las órdenes de captura impartidas en su momento por parte el Juzgado de Instrucción Penal Militar.

En tal sentido, precisa que existe incertidumbre si en la actualidad figuran datos negativos en lo que hace relación a órdenes de captura vigentes, antecedentes judiciales y/o disciplinarios e investigaciones en curso que hayan generado registros a su nombre en los órganos de seguridad del Estado, situación que causa inseguridad jurídica y riesgo para su vida e integridad personal, así como para los derechos fundamentales invocados.

Igualmente, destaca que no le ha sido posible, por motivos de seguridad personal, indagar y recibir información veraz respecto de los hechos y pretensiones objeto de la acción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR