Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 5 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467405002

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 5 de Septiembre de 2013

Fecha05 Septiembre 2013
Número de expediente11001020400020130131401
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., cinco de septiembre de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de cuatro de septiembre de dos mil trece.

R.. Exp.: 11001-02-04-000-2013-01314-01

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el cuatro de julio de dos mil trece por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela promovida por S.J.P.C. contra los Juzgados Once y Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Cincuenta y Cinco Adjunto y Cincuenta y Tres Penal del Circuito de la misma ciudad y la Sala Penal del Tribunal Superior de ese distrito judicial.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    La ciudadana solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia y mínimo vital, que considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, porque en el trámite del proceso penal que se adelantó contra C.J.S.: i) se autorizó al condenado a trabajar pese a estar en prisión domiciliaria, ii) en el fallo constitucional de 15 de octubre de 2010, se incurrió en violación al debido proceso, toda vez que permitió darle otra interpretación de la sentencia condenatoria, iv) los Juzgados Cincuenta y Tres y Cincuenta y Cinco Adjunto Penal del Circuito no eran competentes para resolver sobre la corrección de errores aritméticos de la sentencia y v) además la determinación proferida en tal sentido, es arbitraria, toda vez que el fallo se encontraba debidamente ejecutoriado.

    En consecuencia, pretende que se amparen las garantías reclamadas, y no se corrija la sentencia proferida por el a quo. [Folio 11, cuaderno 1]

  2. Los hechos

    1. La accionante denunció penalmente a C.J.S.S., por la comisión de la conducta punible de fraude procesal y abuso de confianza, cuyo conocimiento le correspondió al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bogotá. [F. , cuaderno 1]

    2. Surtido el trámite procesal, el 25 de octubre de 2006, la citada autoridad dictó sentencia, a través de la cual condenó al procesado a la pena de 61 meses de prisión y multa de 305 salarios mínimos mensuales, así mismo, lo condenó “al pago de $82.000.000, más los intereses corrientes bancarios causados por tal cuantía desde el 9 de enero de 2002 cuando se hizo efectivo el último cheque de la transacción conforme al comprobante de egreso que aparece a folio 17 del cuaderno original No 2, hasta cuando se haga todo el pago.”

    3. Contra esa determinación, el condenado interpuso apelación, la cual fue resuelta el 8 de octubre de 2007, por el Tribunal de Bogotá, quien confirmó la decisión censurada. [Folio 145, cuaderno 1]

    4. En virtud de lo anterior, interpuso el recurso extraordinario de casación, que fue declarado inadmisible en proveído de 20 de agosto de 2008. [Folio 162, cuaderno 1]

    5. La ejecución de la condena le correspondió al Juzgado Once de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, ante quien el procesado solicitó permiso para trabajar, el cual le fue concedido en auto de 24 de marzo de 2009. [Folio 192, cuaderno 1]

    6. Frente a esa disposición, no se interpuso recurso alguno.

    7. Posteriormente, la reclamante instauró acción de tutela, aduciendo que no se había dado contestación a su solicitud de dejar a disposición del Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Bogotá, los inmuebles que se encontraban embargados en la causa 2005-00196.

    8. La acción le correspondió al Tribunal, quien el 15 de octubre de 2010, concedió el amparo, para que se ordenara la remisión de esa solicitud a la autoridad competente, teniendo en cuenta que el Juzgado Tercero Penal del Circuito se extinguió, y su carga laboral fue reasignada a su homologo V., quien a su vez...

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