Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 27 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467406102

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 27 de Septiembre de 2013

Fecha27 Septiembre 2013
Número de expediente11001221500020130149801
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrada Ponente

RUTH MARINA DÍAZ RUEDA

Bogotá D. C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil trece (2013).

(Discutido y aprobado en Sesión de 25 de septiembre de 2013)

Ref.: Exp. 11001-22-15-000-2013-01498-01

Decide la Corte la impugnación interpuesta frente al fallo de 4 de septiembre de 2013, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó la tutela instaurada por M.R.C.T. contra el Juzgado Sexto Civil del Circuito de esta ciudad.

ANTECEDENTES
  1. El apoderado de la accionante invocó para su prohijada la protección de los derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia, por considerar que habían sido vulnerados por la autoridad jurisdiccional acusada (folio 22).

    Para soportar lo pretendido adujo que como M.R.C.T., su mandante, mediante escritura pública 7821 de 26 de diciembre de 2005 de la Notaría Trece de este Círculo adquirió el inmueble con matrícula inmobiliaria 50S-4006754, la vendedora M. de J.A.P. se comprometió a levantar la limitación del dominio que éste tenía, para lo cual contactaría al señor J.A.T.Q. para que desistiera de la demanda ordinaria que había formulado ante el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá, puesto que en la anotación 6 aparecía inscrita una “demanda ordinaria sobre cuerpo cierto” (sic) comunicada en oficio 299 de 16 de febrero de 1996 de ese Despacho judicial; sin embargo, en el 2010 cuando “mi poderdante quiso disponer del bien” solicitó un certificado de tradición y “se percató que no se había tramitado desistimiento alguno”, por lo que contactó al demandante “quien le entregó un documento presentado ante notaría donde manifestaba la voluntad de desistir de la acción impetrada” (folio 23).

    Aseveró que habiendo realizado una infructuosa búsqueda del “número del paquete y de la caja donde reposaba el expediente” en el listado de “procesos archivados” que le facilitó el Juez accionado, el 31 de mayo de 2010 radicó derecho de petición en la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración “Judicial” que fue respondido por el J. de la Sección de Archivo en el sentido que “para obtener resultados positivos en la búsqueda de expedientes se debería aportar fecha de archivo, paquete y caja; información que tendría que ser corroborada y suministrada por el Juzgado correspondiente”; luego se dirigió nuevamente al Despacho acusado donde hizo otra averiguación en “los listados que le suministraron” encontrando asuntos que coincidían con las partes pero “no con la clase de proceso requerido”, por lo que pidió a la secretaria que le diera copia “de la planilla de recibo donde figurara que el accionado entregó a los funcionarios de archivo el expediente en mención pero esto jamás fue entregado” (folio 24).

    Informó que su patrocinada el 18 de diciembre de 2012 presentó derecho de petición a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá, al que anexó copia del oficio que el Juzgado Sexto Civil del Circuito de esta ciudad había librado a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos zona sur en el juicio ordinario que J.A.T.Q. promovió contra G., V.C.P.M., A.J.P. de Orjuela y M.P. de Cortes, donde comunicaba la inscripción de esa demanda, que fue contestado por la Coordinadora del Grupo de Archivo Central indicándole “que esa dependencia cumple únicamente funciones administrativas sobre la custodia de procesos terminados que son remitidos por los despachos y no funciones judiciales”, también precisó que “la información del paquete y caja donde se encuentra el expediente solamente la suministra el Juzgado que adelantó las diligencias bajo acta de entrega firmada por el funcionario de archivo” (folio 25).

    Manifestó que la señora M.R.C.T. el 4 de julio de 2013 ante el Despacho acusado radicó escrito para que le informaran el número de la “caja y paquete donde se encontraba archivado el proceso” así como “el día y el mes en que se realizó el archivo (…) aportando...

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