Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 13 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467406894

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 13 de Septiembre de 2013

Número de expediente11001220300020130133601
Fecha13 Septiembre 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrado Ponente

FERNANDO GIRALDO GUTIERREZ

Bogotá, D.C., trece (13) de septiembre de dos mil trece (2013).

Discutido y aprobado en Sala de cuatro (4) de septiembre de dos mil trece (2013).

R.: Exp. T. N° 1100122030002013-01336-01

Decide la Corte la impugnación formulada respecto del fallo de 12 de agosto de 2013, proferido por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó la tutela de Amelia Murillo de Castaño frente a los Juzgados Sexto Civil del Circuito de Descongestión, Primero Civil Municipal, Diecinueve Civil Municipal de Descongestión y Primero Penal del Circuito de Descongestión de esta ciudad; siendo vinculada C.P.R..

ANTECEDENTES
  1. Obrando directamente, la promotora sostiene que le fueron transgredidos los derechos al debido proceso y acceso a la administración de justicia.

  2. Señala como contrarias a sus garantías, la no suspensión del juicio ordinario de resolución de promesa de compraventa que instauró en su contra C.P.R., y la sentencia de segunda instancia que revocó la de primera que desestimó las súplicas y a cambio de ello, declaró la nulidad absoluta del acuerdo de voluntades.

  3. Sustenta la reclamación en los supuestos fácticos que pasan a compendiarse (folios 1 a 3):

    a.-) Que el 25 de febrero de 2008, contestó la demanda; informó al Juzgado Primero Civil Municipal de Bogotá la investigación penal que adelanta la Fiscalía General de la Nación contra la convocante por estafa y pidió paralizar la contienda por prejudicialidad.

    b.-) Que el 25 de abril de ese año, la censurada negó lo solicitado y prosiguió con las distintas etapas del trámite.

    c.-) Que el 22 de junio de 2012, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Descongestión de esta ciudad declaró responsable a C.P.R. del delito de estafa y le impuso treinta y seis meses de prisión; decisión que fue apelada y está pendiente de resolverse por el Tribunal.

    d.-) Que el 29 siguiente, el Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Descongestión profirió fallo favorable a sus pretensiones y dio por terminado el pleito.

    e.-) Que el 11 de enero de 2013, el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Descongestión lo infirmó al resolver la alzada, invalidó el negocio jurídico porque no se mencionó la fecha y Notaría en que se perfeccionaría el acto prometido y le ordenó restituir el apartamento encartado, pese a que lo posee hace más de nueve años.

  4. Pide, en consecuencia, que se dejen sin efecto las sentencias y que el a-quo suspenda el litigio mientras la justicia penal ratifica o no la condena (folios 14 y 15).

  5. El presente asunto fue tramitado inicialmente por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, la que negó el resguardo el 5 de junio de 2013; luego, el 18 de julio siguiente, la Sala de Casación Penal de esta Corporación anuló lo actuado por falta de competencia y remitió las diligencias a la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal para lo de su cargo.

    RESPUESTA DE LAS ACCIONADAS E INTERVINIENTES

    El Juzgado Veintidós Penal del Circuito de Bogotá, indicó que le fue reasignado el asunto criminal y que la única actuación que desplegó fue enviar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR