Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467408526

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Septiembre de 2013

Fecha26 Septiembre 2013
Número de expediente69403
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1 MAGISTRADO PONENTE

G.E.M.F.

Aprobado acta No. 319-

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación formulada por la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA, que acude a través de apoderado judicial, frente a la sentencia proferida el 26 de junio de 2013 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Tunja y el Juzgado 1º Laboral del Circuito de la misma ciudad, por la presunta vulneración de su derecho al debido proceso.

Al presente trámite fue vinculada L.M.Q.M..

ANTECEDENTES
  1. Los hechos y el amparo propuesto

1.1. Luz M.Q.M. promovió proceso ordinario laboral contra la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA, con el propósito de obtener la declaración de existencia de un contrato de trabajo y el reconocimiento y pago de las acreencias laborales y de sus prestaciones sociales.

1.2. El 10 de mayo de 2011[1], el Juzgado 1º Laboral del Circuito de Tunja admitió la demanda y contra esa determinación la institución educativa interpuso recurso de reposición, argumentando falta de competencia funcional, ya que la misma recaía en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, petición que fue desestimada el 23 de agosto siguiente[2].

1.3. El 20 de octubre del mismo año[3] dicha autoridad judicial absolvió a la demandada y condenó a Q.M. en costas.

1.4. La apoderada de esta última recurrió en apelación y el 22 de agosto de 2012[4] la Sala Laboral del Tribunal Superior de esa ciudad revocó la determinación, para, en su lugar, resolver, entre otros, que entre las partes existió un contrato verbal a término indefinido.

1.5. La UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA, a través de apoderado judicial, presentó tutela contra los despachos judiciales referidos ante la presunta vulneración de su derecho al debido proceso, por haberla condenado, a pesar de no ser competentes para conocer del asunto.

Señaló que L.M.Q.M. prestó sus servicios en forma ocasional, motivo por el cual la relación estaba regida por lo estipulado en la Ley 30 de 1992 y el Decreto 1279 de 2002.

Manifestó que su vinculación se generó mediante un acto administrativo y no en un contrato de trabajo.

Solicitó dejar sin efecto los fallos emitidos dentro del proceso adelantado en su contra.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala de Casación Laboral negó el amparo al considerar que el mismo fue propuesto cuando ya han trascurrido más de 10 meses desde que el Tribunal accionado profirió sentencia, situación que contraviene su propósito, es decir, la protección inmediata de los derechos fundamentales.

Refirió que dicho requisito tiene como finalidad la protección de los principios de la cosa juzgada y la seguridad jurídica.

LA IMPUGNACIÓN

La peticionaria insistió en los planteamientos de la demanda y agregó que el término para presentar la acción...

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