Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Mayo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 467410462

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Mayo de 2013

Número de expediente32218
Fecha22 Mayo 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

Magistrado PonenteSTL1694-2013

Radicación n° 32218

Acta No. 16

Bogotá, D.C., veintidós (22) de mayo de dos mil trece (2013).

Procede la Corte a resolver la primera instancia en la acción de tutela instaurada por G.A.M. MORALES contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR BOGOTÁ y el JUZGADO VEINTICINCO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTA.

ANTECEDENTES

Plantea el accionante que presentó demanda ordinaria laboral contra el Ministerio de la Protección Social el Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y el Fondo de Pensiones públicas del Nivel Nacional FOPEP, con el fin de obtener la indexación de su primera mesada pensional que recibió como extrabajador de la otrora Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero.

Que la primera instancia la adelantó el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá que mediante providencia del 12 de julio de 2012, declaró probada la excepción de cosa juzgada y dispuso la terminación del proceso; decisión que recurrida en apelación fue confirmada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, mediante providencia del 14 de septiembre de igual año.

Argumentó que las decisiones judiciales se fundamentaron en, que al existir un fallo anterior proferido por la justicia laboral donde se negó el derecho a la actualización de la primera mesada pensional se configuraba la cosa juzgada, que impedía reabrir nuevamente el debate sobre ese aspecto.

Adujo que con anterioridad intentó pretensión similar ante la jurisdicción laboral, la que fue acogida por el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de esta ciudad; decisión que revocó la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, fallo que no casó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia; que al proferirse la sentencia C - 862 de 2006, promovió un nuevo litigio que correspondió al Juzgado Trece Laboral del Circuito, el que mediante sentencia del 8 de octubre de 2010, concedió la indexación solicitada, decisión que revocó la Sala Laboral del Tribunal Superior de esta ciudad, al no hallar fundamento para convocar como demandante al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de conformidad con lo dispuesto en el D 1065/199, señaló que debía citarse al Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales.

Que dado lo anterior, promovió la demanda que ahora es objeto de tutela y en la que le dicen que el...

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