Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 24 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 477866706

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 24 de Septiembre de 2013

Fecha24 Septiembre 2013
Número de expediente11001020300020130213500
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., veinticuatro de septiembre de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de diecisiete de septiembre de dos mil trece R.. Exp.: 11001-02-03-000-2013-02135-00

Se decide la acción de tutela promovida por J.M.A.S. contra la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., trámite al que se vinculó al Juzgado Tercero Civil del Circuito de esa ciudad y a los intervinientes en el proceso ordinario.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    La accionante, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, buena fe, autonomía de voluntad e igualdad, que considera vulnerados por la autoridad judicial accionada, al proferir la sentencia de segunda instancia en el proceso de responsabilidad civil contractual iniciado por su padre H.A., ya fallecido, contra H.J. H..

    Pretende, en consecuencia, que se modifique la decisión en mención y en su lugar, se mantenga la decisión emitida por el A-quo. [Folio 57, c. 1]

  2. Los hechos

    1. El 25 de febrero de 2002, H.A.S. y el abogado H.J.H.L. celebraron un contrato de prestación de servicios, en el que el último se comprometió a iniciar y tramitar un proceso ordinario, a fin de obtener el reconocimiento de la indemnización de los perjuicios causados al contratante con ocasión de un accidente de tránsito. [Fol. 22, c.1]

    2. En virtud de lo anterior, el profesional del derecho presentó demanda de responsabilidad civil extracontractual, contra M.A.L.R., propietario del vehículo involucrado, y la Empresa de Transporte San Silvestre S.A., a la cual se encontraba afiliado dicho automotor, para que éstos pagaran los daños sufridos por su poderdante. [Folio 22, c. 1]

    3. El 1 de abril de 2003, el apoderado celebró acuerdo de conciliación con el representante legal de la empresa transportadora, por el que recibió el valor de $6.500.000, como pago de las lesiones generadas a su representado, dineros que no entregó a su cliente. [Folio 24, c. 1]

    4. Inconforme el demandante inició proceso de responsabilidad civil contractual contra el jurista, por considerar que además de que el letrado dispuso del quantum de la indemnización rebajándola y negociándola indebidamente, se apoderó de las sumas que recibió en efectivo. [Folio 15, c.1]

    5. El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Tercero Civil del Circuito de B., que el 12 de junio de 2009, admitió la demanda [Folio 4, c.1]

    6. Surtido el trámite respectivo, el juez de conocimiento, en sentencia de 1 de febrero de 2012, declaró civil y contractualmente responsable al abogado, y en consecuencia lo condenó a cancelar las cuantías solicitadas en la demanda que interpuso como apoderado, que según la falladora, había conciliado y guardado para sí. [Folio 12, c.1]

    7. El demandado presentó recurso de apelación contra dicha decisión...

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