Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 3 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 477867030

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 3 de Septiembre de 2013

Fecha03 Septiembre 2013
Número de expediente44721
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

C.E.M.M.

Magistrado PonenteSTL2953-2013

Radicación N° 44721

Acta N°. 85

Bogotá, D.C., tres (3) de septiembre de dos mil trece (2013). Se pronuncia la Corte sobre la impugnación interpuesta por C.N.G.O. contra la providencia proferida por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, dentro de la acción de tutela promovida por el recurrente contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, extensiva a los JUZGADOS DIECIOCHO CIVIL DE DESCONGESTIÓN y VEINTICUATRO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad. I. ANTECEDENTES

Afirmó el actor que demandó a la Bolsa de Valores de Colombia S.A. para que se declarara la nulidad de la Resolución 49 de julio de 2006, dictada por la Sala de Decisión Once de la Cámara Disciplinaria, mediante la cual se le expulsó de la Bolsa de Valores de Colombia, y se le impuso multa de 100 salarios mínimos; que el Juzgado 18 Civil del Circuito de Bogotá, quien conoció del proceso, dictó sentencia denegatoria de sus pretensiones el 26 de abril de 2012; que el Juzgador confundió las resoluciones demandadas con las actas de las salas de decisión; que el fallo no declaró probadas las excepciones para negar las pretensiones; que se violó el principio de legalidad; que se habló de detrimento patrimonial sin demostrarse en qué consistió y en qué cuantía; que se desconoció que en la demanda se acusó la falsedad de la Resolución 49 de julio de 2006; que al a quo no le interesó que los actos demandados violentaron su debido proceso, pues se utilizaron para su juzgamiento y sanción normas posteriores a los hechos investigados, “ya que estos hechos investigados fueron del año 2004 a marzo de 2005…y las normas que utilizaron fueron la ley 964 y la Resolución 704 de 25 de agosto de 2005 de la Superintendencia de Valores, normas que no existían en 2004 cuando se realizan las operaciones bursátiles”.

Adujo que en el proceso disciplinario no se le permitió solicitar pruebas y no se tramitó un incidente de nulidad que promovió, pues pese a que en las resoluciones se trató el tema, no se resolvió de fondo, porque al respecto, la Cámara Disciplinaria afirmó que el reglamento general de la Bolsa de Valores “no tiene previsto el trámite de los incidentes”; que la sentencia fue apelada y por fallo de 14 de febrero de 2013, la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, la confirmó “diciendo que no existe argumento de peso bastante que...

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