Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 23 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 477867658

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 23 de Septiembre de 2013

Fecha23 Septiembre 2013
Número de expediente05001221000020130021701
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., veintitrés de septiembre de dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de diecisiete de septiembre de dos mil trece. R.. exp.: 05001-22-10-000-2013-00217-01

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo de tutela proferido el dos de agosto de dos mil trece por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín, dentro de la acción de tutela, promovida por P.A.R.B., en nombre y representación de su menor hijo D.E.E.R., contra el Juzgado Séptimo de Familia de ese distrito judicial, la Cruz Roja Colombiana Seccional Antioquia, O.E.P., la Defensora de Familia y la Procuradora Judicial de Familia.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    En el libelo introductorio de la presente acción, la accionante solicitó el amparo de los derechos fundamentales de su hijo al acceso a la administración de justicia, debido proceso, los de los niños, petición, e igualdad, que considera vulnerados por los accionados, porque al dictar la sentencia en el proceso ejecutivo de alimentos que promovió en contra de O.E.P., no se tuvo en cuenta el fallo proferido en el juicio verbal de incremento de la cuota alimentaria, a causa de que el ejecutado “ocultó pruebas”, no se valoraron en debida forma las recaudadas, y a causa a causa de que el juez no interrogó en forma exhaustiva al ejecutado, ni tampoco decretó pruebas de oficio.

    De otra parte, censura a la Cruz Roja, por negarse a informarle acerca de la relación laboral que tenía con el ejecutado, y el monto de sus ingresos, pues en la respuesta que le otorgó, luego de presentar un derecho de petición, le indicó que esos datos tenían el carácter de reservados, y por lo tanto, debían ser solicitados por la autoridad competente. [F. 163]

    En consecuencia, pretende que se ordene al director de esta última entidad que le entregue copia del contrato de trabajo o de prestación de servicios profesionales, suscrito con el demandado, en el que se indique la fecha en que se inició el vínculo contractual y el monto del salario o de los honorarios devengados durante los años 2012 y 2013.

    Reclama también, que se ordene deducir directamente de los ingresos del ejecutado, la cuota alimentaria para el adolescente, se revoque la decisión contenida en el ordinal segundo de la sentencia dictada en el juicio ejecutivo, se mantenga la medida cautelar sobre el inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 01N-5006260, y se requiera al ejecutado, a los funcionarios y abogados que actuaron en el trámite judicial, para que se pronuncien “sobre su conducta de cara a los deberes constitucionales y legales” y que en caso de que se no otorgue una justificación válida, se les compulsen copias ante las autoridades competentes, para que se les investigue penal y disciplinariamente. [Folio 167]

  2. Los hechos

    1. El Juzgado Séptimo de Familia de Medellín dentro del proceso verbal de revisión de cuota alimentaria promovido por la accionante, en nombre y representación del menor D.E.E.R., y en contra de O.E.P., en sentencia de 17 de marzo de 2009, estableció la obligación alimentaria en una suma equivalente al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR