Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 15 de Mayo de 2013
Número de expediente | 43031 |
Fecha | 15 Mayo 2013 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
E.D.P. CUELLO CALDERÓN
Magistrada Ponente
STL1590-2013
Radicación n° 43031
Acta No. 15
Bogotá, D.C., quince (15) de mayo de dos mil trece (2013)
Se resuelve la impugnación interpuesta por la DIRECCIÓN DE RECLUTAMIENTO Y CONTROL DE RESERVAS DEL EJÉRCITO NACIONAL, contra el fallo de 20 de marzo de 2013 proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en el trámite de tutela que en su contra le promovió J.P.D.C..
El accionante pidió el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad. Relató que con el ánimo de definir su situación militar se presentó ante el Distrito Militar No 38 de la Zona Sexta de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército Nacional en la ciudad de Ibagué; que “por razones ajenas a mi voluntad y sin tener en cuenta los antecedentes de orden público que hemos debido afrontar con mi familia, se me realiza una liquidación para cancelar mi libreta militar, imponiéndome unas multas y sanciones a las que por Ley no estoy obligado a cancelar, así mismo por mi condición de víctima de la violencia y del desplazamiento forzado, soy exento de Ley y titular de los beneficios que para tal fin se han establecido”; aseveró que junto con su familia, es víctima del conflicto, pues fueron desplazados de su lugar de origen, despojados de sus bienes y compelidos a huir del país, sometiéndolos al exilio; que no se le puede exigir el pago de la cuota de compensación para legalizar su situación militar, “que hoy quiere imponerme el Ejército sin tener en cuenta mi condición vulnerable, y menos los padecimientos y crítica condición en la que estamos junto con mi familia a causa de la tragedia que vivimos (…), con lo cual de nada sirve que mi padre sea piloto y mi madre psicóloga, o inclusive haber poseído mucho dinero, si hoy no nos dejaron un solo peso”; que a pesar de la intervención de la Defensoría del Pueblo, “vemos de manera desgarrada y cruel casi inhumana” que el C. de la Zona Sexta de Reclutamiento “desestima nuestra condición, y de manera tajante ordena con su bota militar que tengo que cancelar como única opción de obtener mi libreta militar” la suma de $1.935.000.oo “desconociendo la Ley y mi condición de vulnerabilidad, que tan solo me obligan a cancelar la cuota del Decreto 2350”.
Por lo anterior solicitó ordenar al C. de la Sexta Zona de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército Nacional que realice “todas las acciones y...
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