Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 9 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478645562

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 9 de Octubre de 2013

Número de expediente42384
Fecha09 Octubre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENALMAGISTRADO PONENTE

G.E.M.F.

APROBADO ACTA No. 336-

Bogotá. D.C., nueve (9) de octubre de dos mil trece (2013).MOTIVO DE LA DECISIÓN

La Sala se pronuncia sobre la definición de competencia invocada por el Juez 12 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellín, para conocer del juzgamiento que por el delito de hurto calificado, se adelanta en contra de V.A.V.M..

ANTECEDENTES
  1. El 13 de febrero de 2012, ante el Juez 3º Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín se realizó audiencia de formulación de imputación en contra de V.A.V.M. por el delito de receptación. Asimismo, fue cobijado con medida de aseguramiento consistente en detención preventiva.

  2. El 28 de febrero del mismo año[1] la Fiscalía 34 Seccional presentó escrito de acusación, sin allanamiento a cargos, en contra del procesado por la conducta punible de receptación.

  3. Los días 18 y 29 de abril de esa anualidad[2], el ente acusador amplió el interrogatorio del indiciado, quien manifestó, estando en compañía de su abogado, que hurtó el automotor R9, color rojo, en la localidad de Guarne, razón por la que afirmó que no es responsable del delito que le fue imputado.

  4. El 14 de junio de 2013, el Juzgado 12 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellín, adelantó audiencia de formulación de acusación, escenario en el que el defensor impugnó la competencia del juez para conocer del juicio, al concluir que su prohijado reconoció que cometió el delito de hurto en el municipio de Guarne, motivo por el cual las diligencias debían ser conocidas por los juzgados municipales de esa localidad.

    Finalizada la intervención de la defensa, el juez le concedió el uso de la palabra al representante de la Fiscalía General de la Nación, quien señaló que formuló imputación y presentó escrito de acusación por el delito de receptación en contra del procesado, por hechos que habrían ocurrido en la ciudad de Medellín. Sin embargo, aquél rindió dos interrogatorios, en donde manifestó que hurtó el vehículo R9, color rojo, en la localidad de Guarne, razón por la que su apoderado judicial rechaza los reproches realizados en su contra.

    El funcionario judicial, luego de escuchar los argumentos expuestos, ordenó la remisión de las diligencias al Tribunal Superior de Medellín, cuerpo colegiado que, a su turno, las envió a esta Corporación al...

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