Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 28 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478647014

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 28 de Octubre de 2013

Fecha28 Octubre 2013
Número de expediente42506
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No. 361 Bogotá, D.C., veintiocho (28) de octubre de dos mil trece (2013).VISTOS: La Sala define de plano la colisión negativa de competencias suscitada entre los Juzgados Penal del Circuito de Magangué y Único Penal del Circuito Especializado de Cartagena, para proferir sentencia en el proceso seguido contra F.S.R., E.J.G.N., L.F.C.V., J.A.M.G., H.A.S.A., J.B. CORREA y J.E.S.A..HECHOS Y ANTECEDENTES RELEVANTES:

  1. Los primeros fueron relatados en la resolución de definición de situación jurídica, en los siguientes términos:

    “Surge la presente investigación, con fundamento en la denuncia formulada por N.I.O. en su calidad de representante de la Organización no Gubernamental de Derechos Humanos «SEMBRAR», quien contó que en el municipio de Tiquisio – Bolívar más exactamente en los corregimientos de «Casa de Barro» y «Canónico»para el día 20 de diciembre del año 2003 y hasta el 31 de enero de 2004 se suscitaron privaciones de la libertad, bombardeos, hostigamientos, desapariciones y otras infracciones cometidas por parte de Uniformados del Batallón Nariño del Ejército Nacional que operaba en esa zona.

    Dio detalles de unos hechos ocurridos al parecer el pasado 4 de febrero del año 2004, cuando miembros de las tropas Batallón Nariño acompañados por Paramilitares de la base ubicada en el Corregimiento de «Pueblito Mejía» llegaron a la vereda «La Trinidad», jurisdiccióndel corregimiento «Casa de Barro», municipio de Río Viejo (Bolívar) y retuvieron al señor J.N., conocido o apodado como «El PAISA», lo condujeron hasta el sitio la «YE» a 300 metros de «Mina Brisa», donde lo asesinaron a machetazos para luego trasladar su cadáver en una bolsa plástica hasta el corregimiento de «Buena Sueña». Otro tanto hizo, respecto de la retención de la menor NELVI ESTER VIDES CAÑAS ocurrida el día 26 de enero de 2004 en el corregimiento de «Agua Fría» perteneciente al municipio de TIQUISIO, por parte de las tropas del Batallón Nariño, cuando ésta iba en compañía de un menor de 8 años de apellidos… H.V., quienes al parecer la obligaron a caminar durante varias horas y a vestir uniforme militar y una capucha para cubrirse el rostro, para luego dejarlos en libertad. Igual procedimiento hicieron con el señor JULIO CORRALES. Notició además que, ante el desaparecimiento de tres personas adultas y un menor, sus familiares se dirigieron a la base militar perteneciente al Batallón Nariño del Ejército Nacional ubicado en el corregimiento de COCO – TIQUISIO, donde conversaron con el capitán ESPITIA, quien en principio ninguna información suministró acerca de los mismos, no obstante ante la insistencia de estas personas, con posterioridad les manifestó que los señores G.V.A., J.D.J.V.Y.N.C.Z., habían sido dados de baja por la tropa pues eran guerrilleros, que en dos o tres días les entregarían los cadáveres pues serían llevados al Banco Magdalena lo cual no ocurrió…”[1] 2.Con fundamento en lo anterior, el 4 de junio de 2004 la Fiscalía Primera Delegada ante el GAULA de Cartagena decretó la apertura de investigación previa, la cual fue archivada el 30 de octubre de 2008; no obstante, ésta decisión fue revocada ante la solicitud impetrada por el apoderado de la parte civil basada en la prueba sobreviniente contentiva en la decisión emanada de la Procuraduría General de la Nación, donde se elevaron cargos disciplinarios en contra de los soldadosLUIS FERNANDO DE C.V., J.M.G., E.G.N., J.E.S.A., F.S.R., J.B. CORREA y H.A.S.A., por la presunta violación grave al derecho internacional humanitario consistente en el homicidio de G.V.A., J.V. y N.C.Z.; así como por la desaparición del menor OSNAIDER SOLANO ZULETA. 3. Una vez dispuesta la vinculación de los soldados y oficiales referidosa la presente investigación penal, mediante diligencia de indagatoria, fue resuelta su situación jurídica el 23 de julio de 2010, imponiéndoseles medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación, por los delitos dehomicidio en persona protegida (art. 135 del C.P.) y desaparición forzada (165 ibídem). 4.Tras el cierre de la investigación, el 6 de mayo de 2011se profirió resolución de acusación en contra del Sub TenienteLUIS FERNANDO DE C.V., el C.T.J.A.M.G. y los soldados profesionalesEDUARDO G.N., J.S.A., F.S.R., J.B. CORREA y H.S.A., por los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada; al tiempo que se dispuso la preclusión de la investigación a favor del M.F.E.E.. 5.Ejecutoriado el vocatorio a juicio, correspondió el conocimiento dela actuación al Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Cartagena,ante el cual se adelantaron las audiencias preparatoria y pública de juzgamiento. 6. Posteriormente, estando el proceso en turno para proferir sentencia, el referido D. en auto del 20 de febrero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR