Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478647558

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Octubre de 2013

Número de expediente50563
Fecha22 Octubre 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

E.D.P. CUELLO CALDERÓN

Magistrada Ponente

STL 3625-2013

Radicación n° 50563

Acta No. 34

Bogotá, D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil trece (2013)

Se resuelve la impugnación interpuesta, a través de apoderada, por I.A.Á. y O.L.V.R. contra el fallo de 9 de septiembre de 2013, proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en el trámite de tutela que adelantaron contra la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA.

ANTECEDENTES

Los accionantes pidieron el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, y a los principios de buena fe y confianza legítima.

Explicaron haber suscrito con Perfil Urbano S.A. promesa de compraventa de un inmueble por valor de $149.050.000.oo millones, en la que pactaron el pago de una cuota inicial de $44.715.000.oo millones, dividida en 19 mensualidades, y el saldo a través de un crédito hipotecario proveniente de una entidad financiera; que tras haber cancelado 9 cuotas de la inicial, incurrieron en mora en las correspondientes a los meses 10 a 12, “pero sin que esto significara que no seguirían con la negociación, puesto que ellos nunca informaron a la Constructora su deseo de retractarse de la compra del apartamento, simplemente sabían que debían cancelar los intereses moratorios de las cuotas en mención”, no obstante lo anterior, la sociedad unánimemente les informó la terminación del contrato de compraventa por incumplimiento de los compradores “y que así mismo descontará por concepto de arras, de las sumas efectivamente recibidas como parte del valor del inmueble, la suma de $15.405.000.oo”.

Aseveraron que como consecuencia de lo anterior, promovieron contra la Constructora proceso ordinario de resolución de promesa de compraventa con el propósito de obtener la indemnización por los perjuicios causados y la devolución de la suma retenida por concepto de arras; que por sentencia del 12 de diciembre de 2011, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Barranquilla accedió a las pretensiones, pero inconforme la demandada apeló y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad la revocó, el 21 de febrero de 2013 y, en su lugar, declaró probada la excepción de falta de legitimación de causa por activa y absolvió a la Constructora.

Afirmaron que en dicha sentencia no valoró...

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