Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Octubre de 2013
Fecha | 22 Octubre 2013 |
Número de expediente | 50381 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M. BUELVAS
Magistrado Ponente
STL3594-2013
Radicación No.50381
Acta No. 34
Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil trece (2013).
Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por S.M.F. contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué el 20 de agosto de 2013, dentro de la acción de tutela que instauró contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-.
El accionante fundamentó el amparo invocado en los siguientes hechos:
Que la División de Gestión de Fiscalización de la DIAN –Seccional Ibagué- ordenó investigarlo por indicios de inexactitud correspondiente al año gravable 2007, mediante Auto de Apertura N° 092382009001119 el 14 de octubre de 2009, para lo cual le solicitó información sobre ingresos, devoluciones de ventas y compras anuladas, rescindidas o resueltas, descuentos y rebajas, entre otros aspectos relacionados.
Que aunque la DIAN dio por notificado el requerimiento anteriormente mencionado, teniendo en cuenta que la empresa Red Postal de Colombia 4-72 certificó que dicho documento había sido enviado a la dirección que aportó en el RUT, vereda Puerta Blanca de Flandes, lo cierto es que “nunca la recibió”.
Que el 10 de mayo de 2010, se profirió el Auto de Inspección Tributaria con el fin de “verificar la exactitud de las declaraciones, establecer la existencia de hechos gravados o no y verificar el cumplimiento de las obligaciones formales, correspondientes al impuesto y período (…) señalados”, trámite para el cual fueron comisionados 3 funcionarios de la DIAN que solo se limitaron a la “solicitud de información exógena”, sin practicar pruebas directas.
Que ante la DIAN –Seccional Ibagué- solicitó la constancia de notificación del acto administrativo de investigación, quien le informó que el mismo “fue notificado por correo el 29 de mayo de 2010, con acuse de recibo N° 1030830829”, el que aparentemente recibió su madre B.F., la que “habita casa diferente y lejana”.
Que la División de Gestión de Fiscalización de la DIAN –Seccional Ibagué-, le envió Requerimiento Especial mediante correo certificado, sin embargo el mismo fue devuelto por “dirección incorrecta”, según anotación efectuada por Servientrega en la guía N° 1031996573.
Que dicho requerimiento fue publicado en el diario El Tiempo, Sección Deportes, el 3 de agosto de...
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