Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Octubre de 2013
Fecha | 02 Octubre 2013 |
Número de expediente | 33880 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
CLARA C.D. Q.
Magistrada Ponente
STL 3332 - 2013
Radicación N° 33880
Acta No. 31
Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil trece (2013). Procede la Corte a resolver la primera instancia en la acción de tutela instaurada a través de apoderado judicial por L.C.G. CARO contra la SALA CIVIL –FAMILIA–LABORAL,ESPECIALIZADA TRANSITORIAMENTE EN LABORAL, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, trámite al que fue vinculada la empresa DRUMMOND LTD, sucursal Colombia.
Adujo el actor que promovió proceso especial laboral de fuero sindical – acción de reintegro contra la empresa DRUMMOND LTD, sucursal Colombia, con el fin de que se declarara que al momento de su despido gozaba de fuero sindical y que por lo tanto éste fue ilegal e inexistente; se ordenara el reintegro, junto con el pago de los salarios dejados de percibir, con sus ajustes legales y la indemnización total de los perjuicios causados.
Dice que el Juzgado Laboral de Descongestión del Circuito de Valledupar - Cesar, mediante sentencia proferida el 18 de mayo de 2012, condenó a la demandada a reintegrarlo al cargo que venía desempeñando o a uno de mayor categoría y al pago de las vacaciones, las cotizaciones del sistema de seguridad social integral, los salarios y prestaciones sociales, legales y extralegales, dejados de percibir desde que se produjo el despido hasta cuando se dé el reintegro; que al desatar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, la Sala Civil – Familia – Laboral, Especializada Transitoriamente en Laboral, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en sentencia del 27 de febrero de 2013 la revocó, al declarar probada la excepción de mérito “Inexistencia de las obligaciones que se pretenden deducir en juicio a cargo de la demandada”.
En consecuencia, acude al presente mecanismo de amparo constitucional, con el fin de que se protejan sus derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y al fuero sindical. Solicita que se deje sin efecto el fallo atacado para en su lugar se dicte “nueva sentencia conforme a lo dispuesto en la sentencia T-1024 de 2007”.
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TRÁMITE IMPARTIDO
Mediante auto proferido el pasado 24 de septiembre de 2013, esta Sala de la Corte admitió la acción de tutela, ordenó notificar a la autoridad accionada e informar a los demás intervinientes en el proceso...
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