Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Octubre de 2013
Fecha | 02 Octubre 2013 |
Número de expediente | 50107 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
C.E.M.M.
Magistrado Ponente
STL3321-2013
Radicación N° 50107
Acta N°31
Bogotá, D.C., dos (2) de octubre de dos mil trece (2013).
Se procede a resolver la impugnación presentada por H.E.M.M., contra el fallo proferido por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, dentro de la acción de tutela que instauró el recurrente contra el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE LOS PATIOS y la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA.
Se plantea en el escrito de tutela que el accionante junto con sus padres y hermanos presentó demanda de responsabilidad civil extracontractual en contra de Viviendas y Valores y otros ante el Juzgado Civil del Circuito de los Patios, con el fin de que fuera resarcido el daño causado por un accidente de tránsito ocurrido el 16 de abril de 2006.
Afirma el actor que el Juzgado Civil del Circuito de Los Patios "falló no accediendo a las pretensiones de la demanda" fundamentado en que “indiscutiblemente se tiene que la demandada constructora ESTUDIOS Y SISTEMAS S.A. folios 42 a 46 c. 1 responsables de la construcción del conjunto residencial La Estancia, violó el sistema de seguridad que debía implantar en la construcción de la llamada bahía, por cuanto no fijó la señalización y prevención de los posibles accidentes, en dicho tramo, (párrafo 5 del fl. 346 del expediente).” Así mismo, manifiesta que “dentro del trámite procesal no existe prueba que establezca las clases de daños alegadas por el demandante, que conlleven de manera fehaciente al Despacho a condenar las indemnizaciones en razón y con ocasión de los pretendidos daños.”
Que interpuso recurso de apelación contra esa decisión, el cual fue resuelto por el Tribunal acusado confirmando la sentencia en todas sus partes, argumentando que “Estudios y Sistemas no cumplió con el sistema de seguridad requerido, que tanto demandante como demandado ejercían actividades peligrosas y que no estaba demostrado el nexo o la relación de causalidad entre el daño (...) y el hecho que lo produjo y consecuencialmente los perjuicios".
Asegura que con dicha decisión las autoridades accionadas le vulneraron sus derechos fundamentales, dado que "no se dio aplicación a las sentencias de casación de 04 de marzo de 1988 y 26 de julio de 2004", pues, "estando probado el daño no decretaron prueba (sic) de manera oficiosa alguna para determinar o cuantificar su valor".
Por tanto, solicita que se tutelen los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, al derecho de contradicción de la prueba y el acceso a la administración de justicia. Que en...
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