Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478649366

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 2 de Octubre de 2013

Número de expediente33882
Fecha02 Octubre 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

L.G.M.B.

Magistrado PonenteSTL3384-2013

Radicación No 33882

Acta No. 31Bogotá D.C., dos (2) de octubre de dos mil trece (2013).

Se resuelve la primera instancia en la acción de tutela instaurada por PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES –PAR-, contra el TRIBUNAL SUPERIOR DE TUNJA, el TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, los JUZGADOS PRIMERO y TERCERO LABORAL del CIRCUITO DE TUNJA y el JUZGADO VEINTISIETE LABORAL del CIRCUITO DE BOGOTÁ, con relación a las decisiones proferidas dentro de los procesos ordinario laboral, ejecutivo laboral y especial de fuero sindical –Acción de Reintegro-, adelantados por el señor F.A.C.C. contra el accionante.

ANTECEDENTES

El accionante fundamentó su petición en los siguientes hechos:

Que mediante el contrato de fiducia mercantil suscrito el 30 de diciembre de 2005, entre Fiduciaria Previsora S.A. (Sociedad Liquidadora de Telecom), Teleasociadas en liquidación y el Consorcio de Remanentes Telecom, conformado por Fiduagraria S.A. y Fiduciaria Popular, se estableció constituir el Patrimonio Autónomo de Remanentes Telecom y Teleasociadas en Liquidación –PAR-, destinado entre otros asuntos a “atender los procesos judiciales, arbitrales y administrativos, o de otro tipo que hubieran iniciado en contra de las entidades en liquidación, así como efectuar la provisión y pago de obligaciones remanentes y contingencias a cargo de las mismas entidades en proceso liquidatorio”.

Que Telecom en Liquidación inició procesos para obtener permiso para levantar los fueros sindicales de los trabajadores oficiales de la empresa, los cuales se resolvieron desfavorablemente o terminaron atípicamente.

Que en tal sentido, el Tribunal Superior de Tunja profirió sentencia el 26 de marzo de 2009, mediante la cual confirmó la decisión del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja, de ordenar el reintegro, pago de salarios y prestaciones sociales dejados de percibir por el señor F.A.C.C., dentro del proceso especial de fuero sindical –Acción de Reintegro- que este adelantó en su contra.

Que el Juzgado Veintisiente Laboral del Circuito de Tunja aprobó el Acta de Conciliación de fecha 13 de julio de 2009, “por la cual se concilió en su integridad lo dispuesto en el fallo de 26 de agosto de 2008, proferido por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja”, conciliación que sin embargo se encuentra viciada de nulidad, toda vez que se...

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