Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478649882

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Octubre de 2013

Fecha03 Octubre 2013
Número de expediente69391
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISION EN TUTELA-

Magistrado Ponente

L.G.S.O.

Aprobado Acta No. 328

Bogotá, D.C., tres (3) de octubre de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Procede la Corte a resolver la impugnación presentada por A.M.J., contra el fallo proferido el 28 de agosto de 2013 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, a través del cual de un lado marcaMENEZztela 64533negó la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa e igualdad en relación con la Fiscalía Seccional de Zipaquirá[1] y la Alcaldía, la Inspección Segunda y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, todos del municipio de Fusagasugá, y tuteló el derecho de petición frente a la Oficina de Planeación Municipal de esa localidad.

1. ANTECEDENTES

Fueron reseñados en el fallo de primera instancia[2], así:

“La accionante instauró acción de tutela deprecando la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa e igualdad entre otros, con base en los siguientes hechos:

  1. Afirma que en diligencia de remate del 11 de diciembre de 2002, el Juzgado Civil Municipal de Gachetá, le asignó el lote de terreno ubicado en la urbanización los “Cámbulos” del municipio de Fusagasuga, el cual le fue entregado ejerciendo desde entonces actos de señora y dueña sobre el mismo, no obstante lo cual no pudo efectuar la respectiva inscripción de su propiedad ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de dicha localidad, inicialmente porque el predio estaba hipotecado y con posterioridad porque V.C. ROJAS “valiéndose de maniobras fraudulentas y teniendo (sic) conocimiento pleno de que el bien había sido rematado procedió a enajenarlo dejándome sin la posibilidad de que la propiedad que había adquirido fuera inscrita a mi nombre”.

  2. Narra que como consecuencia de lo anterior, inició distintas acciones tendientes a que el predio aludido figurara a su nombre, afirmando que a pesar de que ha ostentado posesión sobre el mismo la Inspección Segunda Municipal de Policía de Fusagasugá, se la asignó a la señora O.L.A.L., mediante providencia que afirma no fue notificada “ y que sólo me vine a enterar mucho después de que había la misma adquirido firmeza, vulnerándome el derecho a que pudiera acceder a la segunda instancia”.

  3. Asevera que actualmente se adelanta una construcción en su predio, por parte del señor A.J.A., a quien querelló ante la Inspección de Policía aludida, sin que hasta el momento de presentación de la tutela se hubiera adoptado alguna decisión por dicha autoridad a ese respecto.

  4. Finalmente se queja la actora de que tampoco se le ha dado trámite a una denuncia formulada ante la Fiscalía Seccional de Zipaquirá en contra de V.E.C. ROJAS y O.L.A.L.”.

    Por lo anterior solicitó:

  5. Se decrete la nulidad del fallo emanado de la Inspección Segunda de Policía y se subsanen las irregularidades observadas en el trámite procesal.

  6. Se ordene a las autoridades accionadas que procedan a dar el impulso procesal a los diferentes procesos que cada uno de ellos llevan.

  7. Se me restablezca la posesión del bien inmueble rematado con ocasión del proceso antes referido y que es materia de esta acción.”

  8. EL FALLO IMPUGNADO

    La Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, no tuteló los derechos deprecados por la demandante al considerar que:

  9. En relación con la presunta transgresión de sus garantías al interior del proceso policivo en el cual fungió como querellada, no se observa tal situación, como que la quejosa tuvo conocimiento del mismo al punto que otorgó poder a una profesional del derecho para que la representara, a quienes se les comunicó acerca de la realización de las diligencias respectivas y especialmente, sobre...

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