Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 29 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478651834

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 29 de Octubre de 2013

Número de expediente73001221300020130020002
Fecha29 Octubre 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de octubre de dos mil trece (2013)

Discutido y aprobado en sesión de veintitrés (23) de octubre de dos mil trece (2013) Ref.: 73001-22-13-000-2013-00200-02

Se decide la impugnación formulada frente a la sentencia de 12 de septiembre de 2013, pronunciada por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, dentro de la acción de tutela instaurada por C.M.C.M., quien actúa en nombre propio y en representación de su hija menor de edad [XXX], contra el Juzgado Tercero de Familia de esa ciudad; a cuyo trámite fueron vinculados las partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.

ANTECEDENTES
  1. La actora reclama protección de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y dignidad humana, que dice vulnerados por la autoridad accionada al interior de la contienda de fijación de cuota alimentaria No. 2011-0365 iniciada por Á.P.S.G., en representación de su hija menor de edad [YYY], contra el señor R.S.P..

    Solicita, en esencia, “[considerar y dar en equidad al Juez Tercero de Familia de Ibagué la fórmula para ponderar la cuota alimentaria sostenida como provisional y definitiva a costa del demandado (…)” (fl. 6, cdno. Tribunal).

  2. Los hechos de la tutela y las documentales allegadas al expediente de la referencia, informan en lo pertinente que (fls. 3 a 6, cdno. Tribunal):

    2.1. Á.P.S.G., en representación de su hija menor de edad [YYY], formuló demanda de fijación de cuota alimentaria contra el señor R.S.P., la que correspondió conocer al Juzgado Tercero de Familia de Ibagué.

    2.2. A través de sentencia dictada en audiencia de 5 de febrero de 2013, el estrado judicial resolvió “[condenar] al señor R[amiro] S[uárez] P[eña] (…) a cancelar a título de alimentos a favor de su hija [YYY], de manera mensual, la suma de (…) $600.000 y una cuota adicional por el mismo valor a cancelarse los meses de diciembre de cada año (…). Dicha cuota empezará a regir a partir del mes de marzo de 2013, y debe cancelarse dentro de los cinco primeros días de cada mes” (fls. 256 a 266, cdno. Juzgado copias).

    2.3. La aquí accionante, C.M.C.M., afirmó que el 4 de febrero de 2012 nació su hija [XXX], cuyo padre es R.S.P., quien las ha asistido económicamente.

    2.4. Afirmó que el aludido fallo de 5 de febrero de los corrientes, “desconoce a todo traste la existencia de la niña [XXX] como una obligación a la que hace referencia el demandado dentro del proceso de alimentos de [YYY]” (fl. 4, cdno. Tribunal).

    2.5. Manifestó que “[dejar de recibir o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR