Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478652362

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Octubre de 2013

Fecha15 Octubre 2013
Número de expediente69397
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

E.F.C.

Aprobado Acta No. 340

Bogotá D.C., quince (15) de octubre de dos mil trece (2013)

ASUNTO

Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por la Directora Jurídica del Consorcio SAYP, respecto del fallo de tutela proferido el 8 de agosto de 2013, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán, por cuyo medio le amparó al accionante A.C. sus derechos fundamentales a la personalidad jurídica, salud, vida y seguridad social, presuntamente vulnerados por el Ministerio de la Protección Social, en actuación que involucró a la entidad impugnante, a las Secretarías de Salud del Departamento del Cauca y del Municipio de Balboa (Cauca) y a Asmed Salud EPS-S.

ANTECEDENTES

Se extrae de la documentación obrante en la actuación los siguientes:

  1. Refiere el accionante que se encuentra afiliado al Régimen Subsidiado del Sistema de Seguridad Social en Salud a través de Asmet Salud EPS-S, y que no obstante no haber reportado novedad alguna, el servicio le ha sido negado por la entidad prestadora de salud, por aparecer en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) como “fallecido”, situación que como refulge evidente, no corresponde a la realidad.

    Afirma que ha solicitado en reiteradas oportunidades al Ministerio de la Protección Social y a la entidad prestadora de los servicios de salud Asmet Salud EPS-S, la actualización de su registro, sin que a la fecha de presentación de la acción de tutela hubiera obtenido respuesta alguna por parte de las entidades demandadas.

    Su pretensión la encamina a que se ordene a quien corresponda, actualizar la Base de Datos Única de Afiliados y que le asigne el estado de “activo” dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud, con el fin de acceder a la prestación de los servicios de salud del régimen subsidiado.

  2. Avocado el conocimiento de la acción, el Tribunal de instancia vinculó oficiosamente al Consorcio SAYP (Sistema de Administración y Pagos) la Secretaría de Salud de Balboa (Cauca), a Asmet Salud EPS-S y a la Secretaría de Salud del Departamento del Cauca, a quienes ordenó correr traslado de la demanda para que ejercieran su derecho de contradicción.

    LA SENTENCIA IMPUGNADA

    La profirió el 8 de agosto de 2013 la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Popayán, otorgando el amparo de los derechos fundamentales a la salud, vida y seguridad social del accionante A.C., al verificar que el registro erróneo en la Base de Datos Única de Afiliados obedeció a un error de la administración que no debe ser soportado por el afiliado, a quien por tal equivocación no se le están prestando los servicios de salud.

    Que si bien, durante el trámite constitucional se informó que el estado del actor, ahora es el de “retirado”, ello, en sí mismo, continua limitando el acceso del...

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