Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478653166

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Agosto de 2013

Número de expediente41497
Fecha14 Agosto 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Aprobado Acta No. 263

Bogotá, D.C., catorce (14) de agosto de dos mil trece (2013).

ASUNTO

La Sala resuelve acerca de la impugnación de competencia efectuada por los defensores de los procesados E.S.A., B.A.G.V. y C.H.S.T., para que el Juzgado Once Penal del Circuito Especializado de Bogotá – OIT con función de conocimiento no adelante la fase del juicio de la actuación que se les sigue por los delitos de homicidio en persona protegida (artículo 135 del Código Penal), extorsión agravada (artículos 244 y 245, numerales 3 y 7, ibídem), concierto para delinquir agravado (artículo 340 ibídem) y entrenamiento para actividades ilícitas (artículo 341 ibídem).

HECHOS Y ANTECEDENTES

  1. Se extracta del escrito de acusación que el 22 de agosto de 2006, aproximadamente a las 7:30 a.m. cuando el señor O.A.H. se desplazaba en una motocicleta por la vía que conduce del corregimiento de Arauca, C., al municipio de Palestina, fue interceptado por aproximadamente cuatro sujetos que le dispararon dos veces con arma de fuego y lo apuñalaron con arma blanca en veintitrés oportunidades, quien falleció por shock neurogénico por herida de arma de fuego penetrante en cráneo.

    Con fundamento en la actividad investigativa, el ente acusador infirió razonablemente que por la época en el corregimiento de Arauca, C., operaba el Frente Cacique Pipintá de las autodefensas del Bloque Central Bolívar, cuyos jefes máximos eran P.H.S.G., alias “A.G.”, y F.C.M.C., alias “Jhonattan”, y como comandante de la Comisión Arauca y Kilometro 41 de la misma organización delictiva E. [Eduard]S.A., alías “Vale”, quienes se dedicaban a extorsionar a los comerciantes y transportadores, a “hacer la mal llamada ‘limpieza social’” y homicidios selectivos.

    También, aduce la Fiscalía, se estableció que en el corregimiento de Arauca, C., actuaban grupos dedicados al microtráfico de estupefacientes, cuyos expendedores eran extorsionados a cambio de permitirles la comercialización de las sustancias prohibidas y brindarles seguridad; “todo además con la orden de la primera autoridad del corregimiento, en ese entonces, el señor C.H.S.T.”.

    Por otro lado, destacó que la organización ilegal contrataba grupos de sicarios para ejecutar las muertes selectivas, las cuales se cometían, entre otros motivos, por retaliaciones políticas producto del enfrentamiento entre “el Partido Liberal Barquista” y el Partido de la “U”. Así, como los primeros dominaban el poder, al parecer con el manejo de grupos ilegales para ejercer presión sobre la población civil, entre ellos al señor O.A.H., quien apoyaba a los líderes políticos del Partido de la “U”, razón ésta, además de su vinculación con actividades sindicales, por la que tuvo diversos enfrentamientos con C. [Hernán]S.T., quien lo amenazó y señaló como expendedor de estupefacientes, amén de que mensualmente le exigía doscientos mil pesos.

    Para hacer las amenazas y los cobros ilegales, dice la Fiscalía, S.T. enviaba a “alias el Zarco, identificado como G.A.S.D., reconocido sicario de Arauca Caldas, e involucrado en otros homicidios de la época, quien se dice extorsionaba al occiso en compañía de alias V., reconocido como E. (sic) S.A.”

    También refirió que en la ejecución del homicidio de O.A.H. participó B.A.G.V., compañera permanente de alias “el Zarco” y vecina de aquél, pues el día en que se llevó a cabo el hecho, a tempranas horas instaló un puesto de venta ambulante de arepas con el fin de verificar el paso por allí del occiso y de quienes lo acompañaban, información que suministró a través de teléfono móvil a su compañero, momentos después se ejecutó el homicidio.

    Finalmente, acotó que durante la investigación se estableció la probabilidad de que el señor C.H.S.T., corregidor de Arauca Caldas, llevó a dicho lugar “escuadrones de la muerte, grupos de justicia privada y grupos de sicarios” y se concertó con el grupo ilegal Bloque Central Bolívar, frente C.P., para presionar a la población civil y a sus contradictores políticos, determinando además la comisión de homicidios.

  2. ...

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