Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 12 de Agosto de 2013
Número de expediente | 44317 |
Fecha | 12 Agosto 2013 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
R.E. BUENO
Magistrado Ponente
STL2746-2013
Radicación No. 44317
Acta No. 78
Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil trece (2013)
Resuelve la Corte la impugnación que interpuso la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, el 26 de junio de 2013, dentro de la acción de tutela que L. de J.L.M. promovió contra la Presidencia de la República – Departamento Administrativo de la Función Pública y otros.
El señor L. de J.L.M. instauró acción de tutela contra la Presidencia de la República – Departamento Administrativo de la Función Pública, el Consejo Superior de la Judicatura – Sala Administrativa, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Justicia - Mesa Técnica de Asonal Judicial y la Pagaduría de la Dirección Seccional de Fiscalías de Antioquia, a las que endilgó la vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad, trabajo y dignidad.
Señaló que “el Decreto 382 de 2013 se expidió como resultado del paro adelantado por la Rama Judicial y la Fiscalía General de la Nación durante los meses de octubre y noviembre de 2012, en procura de obtener la nivelación salarial ordenada por la Ley 4ª de 1992”; que el día 7 de noviembre de 2012, en el periódico El Espectador publicó un artículo acerca del acuerdo al que había llegado el Gobierno Nacional; que como consecuencia del mismo, cuyo propósito fue “una nivelación en la remuneración en los términos de la Ley 4ª de 1992, atendiendo criterios de equidad”, se puso fin al cese de actividades; que en el parágrafo del acta se dispuso que “una vez culminado el estudio de la mesa técnica, el Gobierno Nacional emitirá las normas o decretos correspondientes en que se contengan las conclusiones finales de esta mesa técnica”; que con ocasión de ello “nació a la vida jurídica el Decreto 382 de 2013” por el cual se creó una bonificación judicial para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación; que esa bonificación se les pagó a todos los funcionarios de la Rama Judicial acogidos al régimen salarial y prestacional nuevo, lo que implicó que a él, que va a “cumplir 33 años al servicio incondicional del Estado” no se le pague ese concepto, por no pertenecer a dicho régimen salarial; que, así las cosas, el “Decreto 382 de 2013 en su esquema segundo consagra un...
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