Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 29 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478655434

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 29 de Agosto de 2013

Fecha29 Agosto 2013
Número de expediente68637
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1.MAGISTRADO PONENTE

L.G.S.O.

APROBADO ACTA No. 283-

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de agosto de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación formulada por F.N.M. y A.P. RUEDA frente a la sentencia proferida el 21 de junio de 2013 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Fiscalía 1º Especializada, los juzgados 3º Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías y 6º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, todos de la misma ciudad, por la presunta vulneración de su derecho a la libertad.

ANTECEDENTES
  1. Fundamentos de la acción

    1.1. El 15 de octubre de 2012 se llevó a cabo audiencia de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento en contra de los accionantes, por la presunta comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado.

    1.2. El apoderado judicial de los procesados solicitó la libertad provisional por vencimiento de términos y el 24 de enero de 2013 el Juzgado 3º Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena la negó.

    1.3. Contra esa determinación la defensa presentó recurso de apelación y el 30 de abril siguiente el Juzgado 6º Penal del Circuito de la misma ciudad la confirmó.

    1.4. Los peticionarios, entonces, interpusieron acción de habeas corpus, la cual fue resuelta en forma desfavorable por el Tribunal Administrativo de Bolívar, decisión que fue ratificada por el Consejo de Estado.

    1.5. F.N.M. y A.P. RUEDA presentaron tutela contra los juzgados 3º Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías y 6º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cartagena por considerar que, al negarle la libertad por vencimiento de términos, vulneraron ese derecho fundamental.

    Señalaron que trascurrieron más de 102 días desde que se llevó a cabo la audiencia de formulación de imputación, sin que el ente acusador entregara el escrito de acusación, lo cual demuestra que superó los 90 días establecidos para tal fin, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 175 de la Ley 906 de 2004.

  2. Las respuestas

    2.1. Fiscalía 1º Especializada de Cartagena

    El titular solicitó negar el amparo ya que la fiscalía cuenta con 120 días para presentar el escrito de acusación, el cual fue presentado el 12 de febrero de 2013, es...

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