Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478659018

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Julio de 2013

Número de expediente43931
Fecha17 Julio 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

STL2366-2013

Radicación No. 43931

Acta No.21

Bogotá D.C. diecisiete (17) de julio de dos mil trece (2013)

Decide la Corte, la impugnación interpuesta por el apoderado judicial de la SOCIEDAD CARBONES SORORIA LTDA., contra la sentencia proferida el veinticuatro (24) de mayo de dos mil trece (2013), por LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, dentro de la acción de tutela que instauró el recurrente contra LA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ.ANTECEDENTES

Por conducto de apoderado judicial, la Sociedad Carbones Sororia Ltda., instauró acción de tutela contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para que le fueran protegidos los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. Como consecuencia, solicitó que ordenara al accionado proferir el fallo que en derecho correspondía, dentro del proceso ejecutivo que promovió contra la Sociedad Carbones del Caribe S.A.

Señaló que Carbones Sororia Ltda., y C. delC.S.A., suscribieron un contrato el 26 de agosto de 1994 mediante el cual Sororia cedía un título minero de su propiedad a C. delC., a cambio de una participación económica que esta última debía consignar a favor de Sororia como forma de compensación e indemnización por no poder explotar la mina directamente.

Adujo que con el fin de conciliar y transigir las diferencias respecto de las liquidaciones y pagos hechos por C. delC., suscribieron el Contrato de Transacción 1 y el Contrato de Transacción 2 con sus posteriores modificaciones y acuerdos adicionales, los cuales fueron incumplidos por C. delC., que le quedó adeudando la suma de US$147.668.69 junto con los intereses y la clausula penal pactada.

Indicó que, como consecuencia del incumplimiento, inició un proceso ejecutivo en contra de C. delC.S.A., el cual correspondió al Juzgado 15 Civil del Circuito de Bogotá y posteriormente fue remitido al Juzgado 12 Civil del Circuito de Descongestión. Este último, mediante sentencia del 29 de junio de 2012 declaró no probadas las excepciones de la parte demandada, ordenó seguir adelante con la ejecución en la forma y términos del mandamiento de pago y condenó en costas a la ejecutada.

Agregó que mediante sentencia del 19 de diciembre de 2012, la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá resolvió el recurso de apelación interpuesto por la parte...

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