Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 17 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478659034

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 17 de Julio de 2013

Número de expediente05000221300020130011801
Fecha17 Julio 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil trece (2013).-

(discutido y aprobado en Sala de 10 de julio de 2013).-

Ref.: 05000-22-13-000-2013-00118-01

Se decide la impugnación interpuesta por el accionante contra la sentencia proferida el 24 de mayo de 2013 por la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, en la acción de tutela promovida por el señor J.M.V.A. contra la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Delegación Departamental de Antioquia de esa entidad y la Registraduría Municipal de Angostura.

ANTECEDENTES
  1. El peticionario solicita la protección del derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por las autoridades acusadas en el trámite que se adelanta para obtener la revocatoria de su mandato como alcalde del municipio de Angostura.

  2. Como fundamento del reclamo constitucional, el accionante manifiesta que en la Resolución No. 10840 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se estableció “el procedimiento relativo a la presentación y revisión de firmas para la revocatoria del mandato de Gobernadores y Alcaldes”, documento en el que, además, se fijaron las medidas para verificar “la seriedad de los apoyos ciudadanos” y se reglamentaron “los requisitos de los formularios”, el procedimiento para supervisar dichos apoyos y el contenido del “informe”.

    Señala que el 18 de marzo de 2013, la Registraduría municipal accionada, con Resolución No. 001, certificó el cumplimiento de los presupuestos “legales y constitucionales para convocar a votaciones con fines de revocatoria del mandato en el municipio de Angostura (Antioquia)”.

    Expone que la reposición y, en subsidio, apelación, que planteó contra esa determinación, las sustentó en que las formas allegadas contenían “espacios en blanco, enmendaduras y tachones” y los “apoyos ciudadanos”, de acuerdo con el estudio grafológico realizado por su cuenta, habían sido “diligenciados por la misma persona”, aspectos que evidenciaban el incumplimiento de lo preceptuado en la indicada Resolución No. 10840. Agrega que al formular dichos recursos solicitó que se practicaran algunas pruebas.

    Advierte que el recurso horizontal fue desestimado el 19 de abril de 2013, sin que para ello se recaudaran los medios probatorios demandados y se resolvieran las peticiones que formuló. Asevera que la alzada impetrada se resolvió adversamente por el Delegado Departamental de Antioquia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR