Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 24 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478659990

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 24 de Julio de 2013

Fecha24 Julio 2013
Número de expediente44057
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

C.E.M.M.

Magistrado PonenteSTL2500-2013

Radicación N° 44057

Acta N°22

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio dos mil trece (2013). Se pronuncia la Corte sobre la impugnación interpuesta por la DIRECCIÓN DE SANIDAD MILITAR contra la providencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por WILSON ROJAS TORRES contra el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, EJÉRCITO NACIONAL Y LA DIRECCIÓN DE SANIDAD. I. ANTECEDENTES Narró el accionante que ingresó al Ejército Nacional a prestar servicio militar obligatorio en el Batallón de Infantería “Pantano de Vargas”; que el 24 de diciembre de 2011, en sus instalaciones y en desarrollo de labores propias del servicio, como el mantenimiento de casas fiscales, cayó aparatosamente del techo de una de ellas; que la Institución expidió el Informativo Administrativo por lesiones No. 01 de enero de 2012, documento que sirve para establecer las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos; que sufrió lesiones en la zona facial y oral, como un poli trauma tx nasal con desviación del tabique, trauma lumbar y discopatía.

Indicó que a partir del accidente, cada día se hizo más difícil desarrollar sus actividades militares; que a través del Acta No. 330 de 20 de febrero de 2012, el Batallón en el que se desempeñaba lo “licenció del servicio militar debido a que sufría escoliosis lumbar, trauma nasal y trauma dento alveolar”¸ además, certificó que estaba pendiente “por sanidad…”; que con posterioridad a su baja del Ejército, inició el trámite para la práctica de la Junta Médica, que requiere distintos conceptos, de acuerdo a las lesiones que padece; que oportunamente hizo entrega de la documentación pertinente a Medicina Laboral.

Aseguró que por escrito de 20 de marzo de 2012, el Ejército solicitó al Gerente del Banco de Bogotá, que abriera una cuenta a su nombre para consignarle lo correspondiente a la indemnización; “después de casi un año de tratamiento médico presenté mi ficha médica a la Dirección de Sanidad con la finalidad de que procedieran a realizar mi Junta Médica Laboral, sin embargo la fuerza no tuvo en cuenta y afirmó verbalmente que no tenía esa documentación”; que el 10 de abril de 2013, elevó derecho de petición a la Dirección de Sanidad, Medicina Laboral, en el que pidió dar trámite a la Junta Médica...

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