Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 31 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478660778

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 31 de Julio de 2013

Número de expediente11001220300020130100201
Fecha31 Julio 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ

Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de julio de dos mil trece (2013).-

(discutido y aprobado en sala de la fecha) Ref.: 11001-22-03-000-2013-01002-01

Decide la Corte la impugnación formulada por los accionantes respecto de la sentencia proferida el 19 de junio de 2013 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con la que se denegó la petición de amparo que ellos presentaron contra el Juzgado Quinto Civil del Circuito de esta capital, trámite al que se vinculó a las partes e intervinientes dentro del proceso a que alude la demanda de tutela.

ANTECEDENTES
  1. Los señores H.H.P. y G.O.H. solicitaron la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por el Juzgado acusado.

  2. La situación fáctica descrita en la demanda de tutela se puede resumir en que en el año 2002 se promovió un proceso ejecutivo con título hipotecario en contra de los accionantes, “del cual [se] entera[ron] hasta este año”, y en el que el trámite de notificación presenta diversas irregularidades, en virtud de lo cual no pudieron ejercer su derecho de defensa.

  3. Pidieron, en concreto, que se declare la nulidad de todo lo actuado a partir del 25 de febrero de 2003.

EL FALLO IMPUGNADO

El Tribunal a-quo negó el amparo invocado, tras establecer que la diligencia de notificación de los demandados se surtió en debida forma. Precisó que éstos no discutieron ante el director del proceso la nulidad que ahora alegan.LA IMPUGNACIÓN

La parte accionante reitera algunos de los argumentos que expresó en su escrito inicial, y destaca que no hay lugar a exigir la formulación de un incidente de nulidad ante el Juez de conocimiento, pues éste no puede revocar su propia sentencia.

CONSIDERACIONES
  1. Como es suficientemente conocido, la acción de tutela es un instrumento procesal de trámite preferente y sumario, establecido por la Carta Política de 1991 con el objeto de que cada persona por sí misma o a través de apoderado o agente oficioso, pueda reclamar ante los jueces la protección inmediata de los derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resulten vulnerados o amenazados de violación por la acción u omisión de cualquier autoridad pública, o de los particulares en los casos taxativamente señalados por el...

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