Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 10 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478662106

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 10 de Julio de 2013

Número de expediente32980
Fecha10 Julio 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

STL2328-2013

Radicación No. 32980

Acta No. 20

Bogotá D.C., diez (10) de julio de dos mil trece (2013)Resuelve la Corte la acción de tutela instaurada por G.A.R.M. contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales.

ANTECEDENTES

La señora G.A.R.M., quien manifestó ser pensionada y madre cabeza de familia, instauró acción de tutela contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, a la que endilgó la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.

Señaló que mediante Resolución No. 13 del 2 de febrero de 1983, le fue reconocida a su padre, señor M.T.R.G., pensión de jubilación, a partir del 1 de enero de 1983; que su padre falleció, por lo que procedió a solicitar, a la Federación Nacional de Cafeteros, la sustitución pensional, en un 25%, en su condición de hija inválida; que mediante comunicación del 6 de octubre de 2009, la Federación le informó que el trámite de reconocimiento de la prestación quedaba suspendido con base en el hecho de que “en la declaración extra juicio de fecha 10 de agosto del 2009 manifesté que era de estado civil soltera y que dependía económicamente 100% de mi padre y el 29 de septiembre del 2009 se recibe por parte de la Federación los Registros Civiles de Matrimonio y de nacimiento de mis hijos”; que si bien contrajo matrimonio con el señor A.A.G., de cuya unión nacieron sus dos hijos, al poco tiempo de haber nacido el segundo de ellos, abandonó el hogar; que su pérdida de capacidad laboral es del 75%, lo que le impide acceder a un trabajo; que inició proceso ordinario laboral contra la Federación Nacional de Cafeteros, del que conoció el Juzgado Civil del Circuito de Chinchiná, C.; que admitida y notificada en debida forma la demanda, la pasiva propuso la excepción de “no comprender la demanda a todos los litisconsortes necesarios”; que al no prosperar las excepciones previas propuestas, la parte demandada apeló y mediante auto del 28 de julio de 2011, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales resolvió darles prosperidad y ordenar la integración del litisconsorcio necesario, con el Instituto de Seguros Sociales; que surtido el trámite de rigor, el juzgado de conocimiento profirió sentencia de primera instancia mediante la cual condenó al...

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