Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Noviembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478664066

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Noviembre de 2013

Número de expediente70396
Fecha13 Noviembre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta N° 377

Bogotá, D.C., trece (13) de noviembre de dos mil trece (2013)V I S T O SDecide la Sala en primera instancia, la acción de tutela interpuesta por el ciudadano F.P.M., contra las Fiscalías 5ª Especializada y 5ª Delegada ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, por presunta lesión a su derecho constitucional al debido proceso. Fue vinculado el Juzgado 3º Penal del Circuito Especializado de B. y las víctimas dentro del asunto penal.

ANTECEDENTES FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

De la reseña procesal presentada por las autoridades accionadas, el accionante y de las pruebas allegadas en el curso del presente trámite, se pueden extraer los siguientes antecedentes:

Por el desaparecimiento y muerte dos funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación Judicial y un menor el 22 de junio de 1994, la extinta Fiscalía Regional inició investigación penal entre otros contra el accionante F.P.M., a quien después de vincularlo mediante diligencia de indagatoria y cumplidas las fases procesales de la instrucción, lo llamó a juicio criminal como coautor responsable de las conductas punibles descritas “en el art. 1º del Decreto 1194 de 1989 convertido en legislación permanente por el art. 6º del Decreto 2266 de 1991… agravado de conformidad con el art. 4º del mismo decreto por ser miembro activo de las Fuerzas Militares… en concurso con el delito de homicidio… agravado…”[1]

Correspondió adelantar el juicio a los extintos Juzgados Regionales de Cúcuta, despacho que después de adelantar las fases procesales, mediante sentencia de 30 de octubre de 1997 condenó al libelista a la pena principal de 58 años de prisión y multa de $9.870.000, como coautor responsable del concurso homogéneo de homicidio agravado, (…) de conformidad con los artículos 323 y 324 del Código Penal; la accesoria de interdicción de derechos y funciones publicas por un periodo de diez años; el pago de perjuicios y la no concesión de la condena de ejecución condicional. Decisión que al ser impugnada fue objeto de modificación por el extinto Tribunal Nacional en sentencia de 13 de marzo de 1998, imponiendo como pena principal 56 años de prisión y multa de 50 smlmv.

A su vez, la Fiscalía 5ª Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito Especializados de B., el 16 de febrero de 2012 profirió resolución de acusación entre otros, contra el accionante F.P.M. como coautor del delito de secuestro en concurso homogéneo y sucesivo del que fueron víctimas, -los funcionarios del CTI y el menor que desaparecieron el 22 de junio de 1994-; decisión que al ser impugnada por el defensor del prenombrado, la misma fue confirmada mediante resolución de 17 de junio de 2013.

En vista de lo anterior el ciudadano F.P.M., promueve demanda de tutela, en procura de protección para el derecho fundamental al debido proceso, que estima vulnerados dentro de las diligencias por las que fue llamado a juicio por el delito de secuestro en concurso homogéneo, pues considera que (i) está siendo investigado y juzgado dos veces por los mismos hechos, en la medida...

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