Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Noviembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478664162

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Noviembre de 2013

Número de expediente70339
Fecha13 Noviembre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No. 377

Bogotá, D.C., trece (13) de noviembre de dos mil trece (2013).

VISTOS

Resuelve la Sala lo pertinente en relación con la acción de tutela instaurada por los hermanos A.Y.W.A.R.C., en contra de las Fiscalías Ciento cinco Seccional Unidad de Delitos contra la Administración Pública y Primera Delegada ante el Tribunal Superior de Medellín, la Oficina de Reparto de los Jueces Administrativos de esa ciudad, extensiva al Juzgado Veinticinco Administrativo y la Fiscalía 223 Seccional de Medellín, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa técnica, petición, salud física y mental.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  1. De las copias que hacen parte de este trámite constitucional se advierte que por hechos acaecidos el 4 de diciembre de 2010, la Fiscalía Sexta Seccional de Medellín, adelantó investigación contra los hermanos A.Y.W.A.R.C., entre otros, como presuntos responsables de los delitos de homicidio agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de defensa personal, cargos que no fueron aceptados por los procesados.

  2. La etapa de juicio la adelantó el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de esa ciudad, que después de adelantar el procedimiento establecido en la Ley 906 de 2004, el 11 de noviembre de 2011, profirió sentencia condenatoria contra A.Y.W.A.R.C., consistente en 28 años y 6 meses prisión para el primero al ser hallado responsable en calidad cómplice de las conductas punibles referidas, entre tanto a WILSON ARLEY le impuso pena de prisión de 44 años y 4 meses en calidad de coautor. Igualmente en la misma decisión fue absuelto por los mismos hechos el coprocesado J.A.C..

  3. Al resolver el recurso de apelación interpuesto por los defensores de A.Y.W.A.R.C., así como por la Fiscalía en lo relacionado con la absolución, una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín el 17 de julio de 2012, modificó la sentencia de primera instancia, respecto de los accionantes, en el sentido de excluir la circunstancia de mayor punibilidad imputada descrita en el artículo 58 No 10 del Código Penal y en consecuencia disminuyendo las penas en 228 meses y 443 meses de prisión respectivamente. De otra parte revocó la absolución del señor J.A.C., sentencia frente a la cual la defensa técnica de éste último procesado, interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue inadmitido por esta Corporación, el 9 de octubre de 2013.

  4. Los accionantes, inconformes con la decisión de condena, por considerar que fue sustentada en testimonios espurios y una equivoca instrucción, en el mes de septiembre de 2013, elevaron denuncias penales contra el titular de la Fiscalía Sexta Seccional de Medellín y otros tres ciudadanos que rindieron declaración, por los delitos de prevaricato por omisión y falso testimonio, las cuales correspondieron a las Fiscalías Primera Delegada ante el Tribunal Superior de Medellín y Ciento cinco Seccional de esa ciudad, respectivamente.

  5. A.Y.W.A.R.C. recurren directamente al juez de tutela para que les protejan los derechos fundamentales al debido proceso, defensa técnica, petición, entre otros, porque afirman que a pesar de haber solicitado ampliación de denuncia y la designación de un defensor público que los represente en su calidad de víctimas, así como “poner en conocimiento de los Jueces Penales Municipales con Funciones de Control de Garantías de Medellín, para que como víctimas nos presten la debida seguridad, nuestra y de nuestras familiares”, a la fecha de interponer la acción no se les ha ofrecido respuesta. En cuanto a la Oficina del Centro de Servicios Administrativos, afirman que elevaron demanda de reparación directa ante los Juzgados Administrativos de Medellín, contra la Fiscalía General de la Nación, sin que a la fecha hayan obtenido respuesta.

    TRÁMITE DE LA ACCIÓN:

  6. La Sala de Casación Penal de esta Corporación asumió el conocimiento del asunto, comunicó lo pertinente a las autoridades accionadas y vinculó a los terceros que pudieran verse afectados con la decisión que ponga fin al amparo solicitado por ALEXANDER Y WILSON ARLEY RÍOS CARRASQUILLA.

    Durante el traslado ofreció...

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