Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Noviembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478664794

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Noviembre de 2013

Fecha07 Noviembre 2013
Número de expediente69974
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

Aprobado acta N° 370.

B.D.C., siete (7) de noviembre de dos mil trece (2013).

A S U N T O

Decide la Sala la impugnación presentada por el apoderado del accionante O.F.P.G., frente al fallo proferido el 13 de septiembre hogaño por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE CALI, mediante el cual le negó la tutela instaurada en contra del JUZGADO 6º DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de esa misma ciudad, el INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES y la DIRECCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MEDIANA SEGURIDAD CARCELARIA DE CALI, por la presunta violación de sus derechos fundamentales al debido proceso, salud, vida y petición.

ANTECEDENTES
  1. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    Los hechos que motivaron la solicitud de amparo constitucional, fueron reseñados por el a quo de la forma como sigue:

    “A.- El 4 de junio de 2013 le solicitó al Juez 6° de Ejecución de Penas – que vigila la pena de prisión que le fue impuesta- “la sustitución de la medida de aseguramiento en establecimiento carcelario por la casa por cárcel” debido a que su estado de salud es muy complejo pues desde hace 12 años padece de VHI SIDA y, en la actualidad, también presenta hepatitis B y una lesión de citomegaloviirus, lo cual le ha ocasionado diarrea, vomito, nauseas, pérdida de peso y de lucidez durante los últimos días; empero, hasta la fecha de presentación de esta acción no se ha pronunciado al respecto.

    B.- Si bien el Juez Ejecutor ordenó su valoración por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, lo cierto es que esta entidad entró en paro “por aproximadamente mes y medio dos meses” y esto provocó “la parálisis total del trámite” lo cual generó un grave deterioro en su estado de salud, razón por la que el pasado 27 de agosto le solicitó al Director de la cárcel de Villahermosa que lo remitiera a urgencias de la EPS Comfenalco –a la que se encuentra afiliado- para que se le prestara la atención médica que requiere; empero, éste tampoco accedido(sic) a su pretensión.”

  2. PRETENSIONES

    El apoderado del demandante solicita se tutelen los derechos fundamentales de su representado, y, en ese sentido, se ordene (i) su remisión por urgencia a la EPS que se encuentra afiliado para la conservación de su estado de salud; y (ii) que las autoridades accionadas le den trámite a su solicitud de sustitución de prisión en establecimiento carcelario por la de “casa por cárcel” por enfermedad grave.

  3. INFORME DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS

    El Juzgado 6° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali informó que, efectivamente, tiene a su cargo la vigilancia de la condena impuesta al actor por el Juzgado 19 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali, tras ser hallado responsable de los delitos de hurto calificado agravado y falsedad en documento privado. Que una vez presentada en el mes de junio pasado la solicitud de sustitución de la prisión intramural por la residencial a la que se alude en el escrito de tutela, se dispuso realizar varias pruebas con el fin de resolverla, pidiéndose la valoración médico legal correspondiente, la cual se programó para el 9 de agosto de 2013, sin que hasta la fecha el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses haya emitido el dictamen pericial requerido.

    No obstante, ya en el trámite de la impugnación del fallo de tutela, dicho despacho judicial remitió copia del auto calendado el 9 de octubre de 2013, con el cual resolvió denegar la solicitud elevada por el actor, al comprobar, con base en el experticio que le remitiera dicha institución, que el mismo no se encuentra en estado grave de enfermedad.

    El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias...

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