Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Noviembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478664950

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Noviembre de 2013

Fecha07 Noviembre 2013
Número de expediente70206
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1MAGISTRADO PONENTE

E.P.C.

APROBADO ACTA No. 370-

Bogotá, D.C., siete (7) de noviembre de dos mil trece (2013)ASUNTO

La Sala se pronuncia sobre la impugnación formulada por Orlando, Esperanza y G.O.B., frente a la decisión proferida el 11 de septiembre de 2013, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, a través de la cual negó la tutela interpuesta contra la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado 3° de Descongestión laboral de esta ciudad.

  1. presente trámite, fue vinculado Á.O.B. hermano de los accionantes.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. El 4 de junio de 2009, Orlando, Esperanza, G., H. y F.O.B., contrataron los servicios profesionales de su hermano Á.O.B. para que iniciara y llevara hasta su culminación el trámite notarial de la sucesión intestada de sus padres Á.O.S. y E.B.Á.. Los honorarios fueron pactados en $ 2.500.000.

  2. Ante el incumplimiento del acuerdo económico, el letrado inició proceso ejecutivo laboral contra sus consanguíneos el cual cursó inicialmente en el Juzgado 6° Laboral Adjunto del Circuito de Bogotá, autoridad que el 17 de marzo de 2011, libró mandamiento de pago a su favor y condenó solidariamente a Orlando, Esperanza, G. y H.O.B.[1] a cancelar la suma referida junto con los intereses moratorios correspondientes desde el momento en que se hizo exigible la obligación.

  3. El 1° de agosto de 2011, el proceso ejecutivo fue remitido al Juzgado 3° de Descongestión Laboral de esta ciudad, judicatura que en audiencia del 22 de mayo de 2013, ordenó la ejecución conforme al mandamiento de pago librado. La decisión fue apelada por los ejecutados y luego confirmada por la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá, en proveído del 27 de junio de 2013.

  4. Inconformes los hermanos Orlando, Esperanza y G.O.B., con lo dispuesto en las instancias judiciales, acuden al juez constitucional con el fin de poner de presente presuntas irregularidades en su trámite entre las cuales se destacan: (i) el demandante obró fraudulentamente para obtener honorarios que nunca fueron avalados por ellos, (ii) la obligación adquirida con el ejecutante es conjunta y no solidaria, y (iii) se omitió vincular a F.O.B. quien también tiene la calidad de deudor, pues no es justo que el pago lo realicen cuatro de cinco hermanos obligados.

LA...

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