Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP219-2014 de 29 de Enero de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 511936598

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP219-2014 de 29 de Enero de 2014

Número de expediente43057
Fecha29 Enero 2014
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

F.A.C. CABALLERO

Magistrado Ponente

AP219-2014

Radicación n° 43057

(Aprobado Acta No. 018)

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil catorce (2014).V I S T O S

Resuelve la Sala sobre la definición de competencia postulada por el Juez Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, por considerar que no es el funcionario judicial competente para tramitar el juicio adelantado contra J.A.A.A., J.E.V.P., M.D.T.O. y G.A.B.C., por el concurso de delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio agravado y homicidio agravado tentado.

ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE

  1. De acuerdo con los datos que obran en la actuación, se tiene que conforme a información legalmente obtenida por la policía judicial S. de la Policía Nacional, la Fiscalía estableció que J.A.A.A., J.E.V.P., M.D.T.O. y G.A.B.C. eran miembros activos de la organización criminal conocida como «Los Urabeños» o «Los Gaitanistas», que opera en los departamentos de Bolívar, Sucre y Cesar, y en esa condición participaron en la muerte de M.A.S.Z., ocurrida el 2 de septiembre de 2011 en el municipio de Magangué (Bolívar); en el atentado contra la vida de J.L.G.J., sucedido el 11 de junio de 2011 en la localidad de Mompox (Bolívar), y de A. delC.A.A., perpetrado el 18 de mayo de 2012 en el municipio de San Martín de Loba (Bolívar).

  2. Las audiencias de legalización de captura, imputación e imposición de medida de aseguramiento, se realizaron los días 26 y 27 de noviembre de 2012, ante el Juzgado Segundo Penal Municipal Ambulante con Funciones de Control de Garantías.

  3. Presentado el escrito de acusación ante el Centro de Servicios Judiciales de Cartagena, el 28 de junio de 2013, fue repartido al Juzgado Penal del Circuito Especializado de esa ciudad, que a su vez lo remitió al despacho adjunto.

  4. Posteriormente, suprimido el Juzgado Adjunto, mediante auto adiado 8 de octubre de 2013 el Juez Penal del Circuito Especializado del Circuito de Cartagena se declaró impedido para continuar tramitando la presente actuación penal, con fundamento en el numeral 13 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, por haber ejercido el control de garantías en la audiencia preliminar concentrada.

    1. de lo anterior, dicho funcionario remitió el proceso a su homólogo de la ciudad de Barranquilla (Atlántico), por ser el juez más cercano de la misma categoría del impedido, para que se pronunciara sobre tal manifestación, de conformidad con el artículo 57 ibídem, aclarando que si bien para ese momento existía Juez Penal del Circuito Especializado de Descongestión en esa ciudad, conforme al Acuerdo PSAA13-9991 de 26 de septiembre de 2013, su funcionamiento estaba previsto hasta finalizar dicha anualidad, lapso durante el cual no era posible finiquitar el trámite procesal pertinente, desconociéndose además si se prorrogaba la medida de descongestión dispuesta por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

  5. Recibida la actuación por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, se señaló fecha para llevar a cabo la audiencia de formulación de acusación, pero antes de que se realizara, mediante auto calendado 20 de diciembre de 2013, su titular ordenó remitir el proceso al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Cartagena, atendiendo a que mediante Acuerdo PSAA13-10065 del día anterior, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura había ampliado la competencia de este último despacho judicial, para conocer «de los procesos sobre los impedimentos y recusaciones del Juez titular Penal del Circuito Especializado de Cartagena».

  6. Mediante auto de 7 de enero hogaño, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Cartagena, dispuso devolver la actuación a su homólogo de...

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