Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 11001 0203 000 2010 00801 00 de 11 de Julio de 2012
Sentido del fallo | SUSPENDE PROCESO |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Fecha | 11 Julio 2012 |
Número de expediente | 11001 0203 000 2010 00801 00 |
Tipo de proceso | RECURSO DE REVISION |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL
Bogotá, Distrito Capital, julio once (11) de dos mil doce (2012).
R.. Exp. 11001 0203 000 2010 00801 00
Encuentra la suscrita Magistrada que de los documentos allegados, provenientes de la Fiscalía General de la Nación, se desprende que los señores G.S.V.R., L.A.Q.T. y E.A.S.G., fueron afectados con resolución de acusación por el ente punitivo, en la medida en que allí, en un comienzo, se encontraron estructurados los delitos de falso testimonio, estafa y fraude procesal, con respecto a hechos, testimonios y escritos validados en la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, objeto de revisión.
Bajo esas circunstancias, aparece indiscutible que la decisión a proferir por parte de la Corte, como consecuencia del recurso extraordinario, resultará afectada por la decisión penal, luego, a voces de los artículos 170, 171 y 381 in fine del C. de P.C., procede generar los efectos sobre este trámite hasta tanto se conozcan los resultados de aquella causa.
Así, por razón de lo dicho, se dispone suspender el presente proceso de revisión, hasta cuando se allegue el fallo de la investigación penal, sin que dicha suspensión supere el término de dos años (artículos 170, 171 y 381 in fine C.P.C.), a partir de la ejecutoria del presente proveído.
La parte interesada deberá aducir los soportes documentarios del caso, a propósito de la suspensión dispuesta y el término de la misma.
Notifíquese
MARGARITA CABELLO BLANCO
Magistrada
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