Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 38851 de 17 de Octubre de 2012
Sentido del fallo | NO REPONE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Manizales |
Fecha | 17 Octubre 2012 |
Número de expediente | 38851 |
Tipo de proceso | REVISIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
F.A.C.C.
Aprobado Acta N°382
Bogotá, D.C., diecisiete (17) de octubre de dos mil doce (2012).
VISTOS:
Procede la Sala a desatar el recurso de reposición interpuesto por el apoderado del demandante en revisión D.M.B.C., contra la decisión de fecha julio 23 de 2012, mediante la cual se inadmitió la demanda de revisión presentada.
ANTECEDENTES
1. D.M.B.C., por intermedio de apoderado presentó demanda de revisión contra las sentencias emitidas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, por cuyo medio se confirmó la dictada por el Juzgado Primero Penal del Circuito de la misma ciudad, que lo condenó como autor responsable del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
2. La demanda de revisión se fundamentó en la causal tercera del artículo 192 de la Ley 906 de 2004.
3. Mediante decisión del 23 de julio del año en curso, la Corte inadmitió la demanda de revisión luego de establecer que la misma no cumplía con algunos de los requisitos formales que debe contener toda demanda, entre otros presupuestos, no haber allegado las constancias de ejecutoria de las decisiones demandadas.
Desde ese mismo punto de vista formal la Corte consideró que el escrito era confuso, incoherente, que en el no se desarrollaba adecuadamente la causal invocada.
De otro lado se consideró que la causal invocada era manifiestamente improcedente, en tanto lo aducido como hecho o como prueba nueva, no era tal, y que la pretensión del demandante era revivir un debate sobre pruebas y hechos ya analizados en las instancias.
LA REPOSICIÓN:
El abogado del demandante, en escrito presentado dentro del término de ejecutoria manifiesta “subsanar la demanda en recurso de reposición”, en desarrollo de lo cual manifiesta que sustituye la demanda en su totalidad, para lo cual comienza por indicar que redirige la demanda contra “las actuaciones previas policiva e investigadora del Sr. Juez de Control de Garantías y del Sr. Fiscal Tercero Seccional de Manizales, que precedieron al juicio impugnado, viciándolo de nulidad de pleno derecho, al tener como prueba falsas manifestaciones obtenidas con violación del debido proceso y del derecho a la defensa …”
Seguidamente, indica que sus pretensiones son las de que se revoque la “imputación del cargo de fabricación y tráfico de estupefacientes proferida por el Fiscal Tercero Seccional, fundamento del allanamiento, se declare la nulidad del proceso y se restablezca el derecho del imputado a recibir tratamiento domiciliario contra la adicción al consumo de marihuana.
Insiste el demandante en que las pruebas aportadas ante el Magistrado sustanciador en el trámite del recurso de apelación son las pruebas nuevas que aduce en la revisión y, finalmente indica que la constancia de ejecutoria de las decisiones demandadas obra en autos.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
1. Toda impugnación pretende la revocatoria, la modificación o la adición de...
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