Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39251 de 27 de Junio de 2012
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Neiva |
Fecha | 27 Junio 2012 |
Número de expediente | 39251 |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
Definición de competencia 39251
Cherie Rocío Villamil Gutiérrez
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
Aprobado acta Nº 239
Bogotá D.C., veintisiete (27) de junio de dos mil doce.
VISTOS
La Sala se ocupa de la definición de competencia formulada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, para conocer del recurso de apelación interpuesto contra una decisión proferida por la Juez Segunda de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de dicho Distrito, dentro del proceso de ejecución de las penas impuestas a la señora CHERIE ROCÍO VILLAMIL GUTIÉRREZ.
ANTECEDENTES
El Juzgado Segundo Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Florencia condenó a C.R.V.G. a 48 meses de prisión, multa de 67 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un período igual al de la privación de la libertad, además de concederle prisión domiciliaria y permiso para trabajar en todo el territorio nacional, al hallarla responsable del delito de tráfico o porte de estupefacientes.
La vigilancia de la ejecución de dicha sentencia, proferida el 27 de mayo de 2009, fue asignada al Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva, autoridad que mediante auto de 12 de septiembre de 2011, ante la dificultad de controlar el cumplimiento de la reclusión domiciliaria dado el permiso para laborar concedido en la sentencia, resolvió: a) limitar su lugar de trabajo al municipio de Pitalito –su lugar de residencia-, así como su horario, a efectos de que se pueda comprobar –por funcionarios del INPEC- el cumplimiento de la pena aflictiva de la libertad; y, b) de llegar a ser necesario a efectos del mencionado control, se autorizó a la Dirección del Centro Reclusorio de Pitalito, para que le coloque el dispositivo o sistema de vigilancia electrónica que resulte adecuado a la situación de la señora VILLAMIL GUTIÉRREZ.
Contra dicha decisión el defensor interpuso como subsidiario el recurso de apelación, el cual fue concedido ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, mediante auto de 9 de noviembre de 2011; Corporación que por considerarse incompetente para resolverlo remitió el proceso a esta instancia para que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43365 de 12 de Marzo de 2014
...parte del aludido mecanismo sustitutivo, en cuanto se refiere a su forma de cumplimiento, conforme lo ha señalado esta Sala (CSJ AP, 27 Jun. 2012, R.. 39251). 10. Precisado lo anterior, se concluye que le asiste razón al Tribunal Superior de Neiva cuando afirma que no es competente para con......
-
Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39826 de 5 de Septiembre de 2012
...23 de marzo de 2010. R.. 33796. [3] Definición de competencia del 2 de diciembre de 2008. R.. 30763. [4] En sentido similar auto del 27 de junio de 2012. R.. 39251....
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55150 del 30-04-2019
...de las condiciones en que debe cumplirse dicho mecanismo sustituto de la privación de la libertad en establecimiento carcelario. (CSJ AP, 27 Jun 2012, R.. 39251, CSJ AP, 12 Mar 2014, R.. 43365 y CSJ AP, 25 May 2016, R.. 48112). Por lo tanto, en eventos como el presente no se aplica la regla......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53511 del 05-09-2018
...de las condiciones en que debe cumplirse dicho mecanismo sustituto de la privación de la libertad en establecimiento carcelario. (CSJ AP, 27 Jun 2012, R.. 39251, CSJ AP, 12 Mar 2014, R.. 43365 y CSJ AP, 25 May 2016, R.. 48112). Por lo tanto, en eventos como el presente no se aplica la regla......