Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 27460 de 21 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 552587422

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 27460 de 21 de Noviembre de 2012

Sentido del falloNIEGA SOLICITUD
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Fecha21 Noviembre 2012
Número de expediente27460
Tipo de procesoÚNICA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
Proceso No 25034


R

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia


adicación Nº 27460

JOSÉ GERARDO PIAMBA CASTRO











CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL



Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No. 426





Bogotá D. C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil doce (2012).




VISTOS



Se pronuncia la S. acerca de la solicitud de aclaración del fallo de única instancia de 5 de septiembre de 2012, elevada por la directora administrativa de la División de Fondos Especiales y Cobro Coactivo de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de la S. Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.



ANTECEDENTES


1. Mediante sentencia del 5 de septiembre del año en curso, esta S. declaró responsable al ex representante a la cámara JOSÉ GERARDO PIAMBA CASTRO, como coautor de los delitos de urbanización ilegal en concurso homogéneo y sucesivo (artículo 318 del Código Penal) en concurso heterogéneo con el delito de estafa agravada en la modalidad de delito masa, (artículos 246, 247-1, 267-1 y parágrafo del artículo 31 ibídem), por los cuales fue acusado y condenado a las penas principales de 126 meses de prisión, multa de 32. 086, 277 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2004, y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por lapso igual al de la pena privativa de la libertad.


Así mismo dispuso la no procedencia de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni la reclusión domiciliaria, imponiendo al referido procesado la sanción de pagar en forma solidaria los perjuicios ocasionados con la conducta punible, sentencia que según constancia secretarial adquirió ejecutoria el 12 de septiembre del presente año1.



2. En escrito elevado por la directora administrativa de la División de Fondos Especiales y Cobro Coactivo de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de la S. Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, titulado “solicitud de aclaración providencia casación No. 27460”, indica que “se requiere precisar el monto de la multa que debe ser gestionada por la oficina de cobro coactivo contra el sancionado José Gerardo Piamba Castro”.


Agrega que tal aclaración tiene como finalidad “(…) evitar Nulidad del proceso de cobro coactivo por falta de claridad...

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