Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 39248 de 5 de Abril de 2011
Sentido del fallo | CASA PARCIALMENTE / FALLO DE INSTANCIA - MODIFICA |
Fecha | 05 Abril 2011 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá |
Número de expediente | 39248 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
Magistrado Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN
Radicación No. 39248
Acta No. 10
Bogotá, D.C., cinco (5) de abril de dos mil once (2011).
Resuelve la Corte el recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado de BERNARDO MELÈNDEZ RESTREPO, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 31 de octubre de 2008, dentro del proceso ordinario laboral promovido por el recurrente contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
BERNARDO MELÉNDEZ RESTREPO demandó al INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES para que se condene al pago de cesantías, junto con sus intereses, primas legales y extralegales, indemnización por despido injusto, indemnización moratoria, la corrección monetaria de la totalidad de sus peticiones y las costas del proceso.
En sustento de sus pretensiones, afirmó que laboró en el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES desde el 1º de mayo de 1996 hasta el 30 de marzo de 1999, en el cargo de Técnico de Servicios Administrativos, con funciones y en horario igualmente cumplidos por el personal de planta; que “la relación laboral que vinculó a las partes estuvo regida con la modalidad de contrato de trabajo y no con contrato de prestación de servicios, ya que se reunieron los tres elementos que contempla la ley, necesarios para tal efecto, como son prestación personal del servicio, continuada subordinación y dependencia y un salario como remuneración”, por lo cual considera que, en realidad, lo que existió fue una verdadera relación laboral, pues, además, recibió como último salario mensual la suma de $779.000.oo; agotó la reclamación administrativa. (fls. 2 a 6).
En la contestación a la demanda, el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES negó que el actor hubiese estado vinculado laboralmente y que se le adeudaran prestaciones sociales; de los demás dijo no constarle. Formuló las excepciones de prescripción, pago, compensación y buena fe en el desarrollo contractual (fls. 49 a 56).
El 11 de noviembre de 2005, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá, absolvió a la entidad de la demandada de la totalidad de las pretensiones y gravó con costas al actor.
LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL
Por sentencia de 31 de octubre de 2008, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá revocó parcialmente la de primer grado, declaró la existencia de un contrato de trabajo entre las partes y condenó al pago de cesantías, vacaciones, indemnización por terminación unilateral del contrato de trabajo y confirmó la absolución de la indemnización moratoria. Las costas de primera instancia las asignó al Instituto, no las impuso en segunda.
En lo que importa al recurso, consideró que no era viable el reconocimiento de la sanción moratoria por cuanto, aun cuando en virtud de la primacía de la realidad, estimó acreditada la vinculación laboral, entendió que el Instituto de Seguros Sociales actuó bajo el firme convencimiento de “encontrarse frente a típicos contratos de prestación de servicios regulados...
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