Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 11001-0203-000-2012-02063-00 de 3 de Octubre de 2012
Sentido del fallo | DEVOLVER EXPEDIENTE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Fecha | 03 Octubre 2012 |
Número de expediente | 11001-0203-000-2012-02063-00 |
Tipo de proceso | RECURSO DE QUEJA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
Bogotá D.C., tres (3) de octubre de dos mil doce (2012)
Decide el Despacho lo pertinente en cuanto al recurso de queja interpuesto por el demandado J.C. frente al auto de 16 de julio del año en curso, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario promovido en su contra por R.H.V.B. y en el que mediante reconvención aquel solicitó la declaración de pertenencia.
ANTECEDENTES
1. En el escrito introductorio pidió el actor reconocer que es de su propiedad el inmueble ubicado en la calle 25 n° 25-95 de esta ciudad y en consecuencia, ordenar al accionado restituírselo, además se le condene a pagarle los respectivos frutos civiles.
2. En el fallo de primer grado se desestimó la “excepción de prescripción” formulada por el accionado y consecuentemente, se despacharon favorablemente las pretensiones del demandante principal, además se condenó al poseedor vencido a pagar “la suma de $29’025.920, por concepto de frutos civiles producidos por el bien, suma que deberá ser indexada conforme al IPC desde el día 6 de febrero de 2006 y hasta el día en que se efectúe el pago”.
3. Impugnada por el perdedor la decisión del a-quo, el Tribunal la confirmó sin modificación alguna.
4. El accionado interpuso el recurso de casación y la “Magistrada Ponente” lo denegó, aduciendo que el “valor actual de la resolución desfavorable” establecido en la experticia en $196.305.690, era inferior al “interés para recurrir”, según lo previsto en el artículo 366 del Código de Procedimiento Civil, que fija su monto en el equivalente a 425 salarios mínimos legales mensuales, los cuales para el 2011 (época de la sentencia), totalizaban $227’630.000.
5. Se cuestionó lo resuelto mediante reposición, sin que alcanzara éxito, por lo que se dispuso la expedición de copias, las cuales se retiraron en tiempo y se propuso oportunamente el presente medio contradicción (fls.1-5), del que se surtió su traslado (f.8), habiendo guardado silencio la parte contraria.
6. El quejoso en síntesis expone que en el dictamen se indicó que el “interés para recurrir” está dado por el “valor del inmueble”, cuyo monto se estableció en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 1100102030002013-01825-00 de 3 de Septiembre de 2013
...de la “Sala de Decisión”. La consecuencia de ese proceder, según lo ha indicado la Corporación en situaciones similares, auto de 3 de octubre de 2012, exp. 02063-00, es la imposibilidad jurídica de asumir válidamente la competencia funcional para escrutar de fondo la queja planteada, por lo......
-
Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 11001-0203-000-2013-02317-00 de 16 de Diciembre de 2013
...recurrir. Fuente formal: Artículo 366 del CPC Fuente jurisprudencial: Auto de 27 de junio de 2003, exp. 2003-00118-01 Auto de 3 de octubre de 2012, exp. 2012-02063-00 Auto de 6 de marzo de 2012, exp. 2012-00310-00 Auto de 13 de septiembre de 2012, exp. Auto de 27 de junio de 2003, exp. 2003......